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ALERTA a Todos Quienes Viven o Trabajan en Edificios de Propiedad Horizontal

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Buenos Aires, 19 de Octubre de 2007



Recientemente le hemos hecho llegar esta inquietud a los legisladores de la Ciudad de Buenos Aires.


Ref: Opinión de la Liga del Consorcista sobre la creación del Colegio Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal para la CABA./ Expediente Nº 1244-D-2006



Estimado Legislador:

En estos momentos, en la legislatura porteña y bajo la apariencia de un inocente Proyecto de ley, se pretende gestar el mayor negocio del siglo en perjuicio de todos quienes viven o trabajan en edificios de Propiedad Horizontal.
Un grupo minúsculo de Administradores de Consorcios pretende monopolizar la función de administrar los 180.000 edificios de la ciudad, mediante una ley que les otorgará el derecho a gravar discrecionalmente la actividad, y además, la facultad exclusiva de juzgarse a sí mismos en caso de mal manejo del Consorcio y del dinero de las expensas.

El administrador de consorcios es la persona elegida por los propietarios de las distintas unidades de un edificio para ocuparse de la gestión y mantenimiento del mismo.
Si se sanciona el aludido proyecto, éstos se verán privados del derecho constitucional a designar a quienes ellos mismos consideren más adecuados para esa tarea.
Con la excusa de reformar la ley 941 de Registro Público de Administradores, se intenta despojar al Estado de su facultad de controlar dicha actividad, para entregarla a una Corporación privada.
Tras el nombre de “Colegio Profesional”, se encubre un fabuloso negocio, que sin duda terminará encareciendo aún más las expensas.
Queremos leyes que favorezcan a la gente.
No queremos más leyes que oculten negocios para pocos.

Según los fundamentos del mencionado Proyecto, se propone la “colegiatura” como el mejor instrumento para regular la actividad del administrador de consorcios.
Sin embargo, el argumento así expuesto, es engañoso, pues lo que se busca en realidad es un colegio único, de carácter privado, utilizando para lograrlo, al propio aparato del Estado.
Por supuesto que resulta loable que quienes se dedican a una misma actividad organicen colegios profesionales con el objeto de defender sus derechos y jerarquizarse mediante su esfuerzo y ejemplo.
Pero es sumamente cuestionable que sea el Poder Público quien organice un colegio único y con carácter de obligatorio para entregar su gobierno a un grupo privado.

La pregunta que surge a primera vista es: ¿Por qué razón no es cuestionable la existencia de otros Colegios similares tales como los de contadores, abogados, ingenieros o médicos y sí lo es uno de Administradores de Consorcios? ¿No es verdad que el buen sentido indicaría que son los mismos integrantes de cada actividad los más aptos para establecer las condiciones de ejercicio de cada profesión junto con sus normas técnicas y éticas?

La respuesta es bien sencilla: porque mientras los contadores, médicos, abogados e ingenieros profesan un arte u oficio, los administradores "gerencian" bienes ajenos.
La diferencia entre practicar un arte u oficio y gerenciar bienes de otros, consiste en que en el primer caso el profesional debe ceñir su actuación a determinadas normas técnicas, así le guste o no a su cliente, mientras que el gerenciamiento tiene por objeto el manejo de bienes de terceros con una eficacia y sobre todo, una economía, que en todos los casos depende exclusivamente de la valoración de los dueños de esos bienes.

Dicho de manera más sencilla: las personas no pueden imponerle al Contador que ejecute un balance al margen de las normas técnicas de rigor, ni al médico que les prescriba tal o cual droga, o al arquitecto que siga directivas técnicas que se aparten de las reglas de su arte.
O al abogado, que se dirija al juez en términos que no sean aquellos procesalmente admitidos.
En cambio, los propietarios sí pueden exigirle al Administrador que en sus contrataciones (pintura, plomería, albañilería, etc.) elija el proveedor que, además de cumplir con las leyes, sea el más económico o conveniente a sus intereses según lo que decidan por asamblea.

Administrar consorcios consiste en realizar gestiones que desde luego, difieren sustancialmente de las tareas de las demás profesiones liberales.
El administrador no está obligado por ley a aconsejar, sino a ejecutar.
Y lo que hagan cumpliendo ese cometido afecta directamente el bolsillo de sus administrados.
¡Tamaña diferencia! La ley 13512 dice muy claramente que el administrador “tendrá facultades para administrar las cosas de aprovechamiento común y proveer a la recaudación y empleo de los fondos necesarios para tal fin”.
Y por si fuera poco, agrega: “Dicho representante podrá elegir el personal de servicio de la casa y despedirlo”.
(Art.9 inc. a).

Es de interés del Estado que las contabilidades, cuando son obligatorias, se lleven siguiendo un orden, como también que el cuidado de la salud se lleve a cabo por profesionales reconocidos, que los edificios sean construidos siguiendo normas estrictas de seguridad, que los escritos interpuestos ante la Justicia guarden un estilo predeterminado, etc.
En todos esos casos, lo importante de cada profesión es el aspecto académico.
Es por ello elemental que quienes están más capacitados para gobernar la profesión son los propios profesionales.
Obviamente, no es el caso de los administradores.
Y no solamente los de Consorcios, sino que el argumento es válido para cualquier administrador de bienes ajenos.
¿Qué diríamos, por ejemplo, si los gerentes de sociedades comerciales pretendieran formar un colegio único para obligar a las empresas a escogerlos de una lista que ellos mismos monopolizaran? Sería absurdo, ¿verdad?.
Los directores de las empresas dirían de inmediato: “Nosotros tenemos la libertad de confiar el manejo de nuestros bienes al gerente que a nuestro único y exclusivo juicio nos parezca más apto.
Porque todos sabemos que en lo tocante al manejo de dineros ajenos, la solvencia técnica es muy importante pero mucho más lo es la honestidad.
Todo cercenamiento a los condóminos de un edificio, de esa libertad de elección, constituye una violación constitucional a la protección del derecho a usar y gozar de la propiedad.
Ese es el sentido, dicho sea de paso, de lo que se entiende por "garantía constitucional": que es el compromiso del Estado a no interferir en la discrecionalidad de la gente respecto del manejo de sus propios bienes.

Es cierto que existen en la actualidad administradores que abusan de los poderes que les confieren sus mandatos, o cumplen de manera irregular su cometido y sería deseable regular o contener de algún modo esos abusos.
Pero la solución no puede pasar por quitarle a los propietarios su libertad de elección, o suplirla por la voluntad de otros.
Mucho menos transferirla a los propios administradores agremiados (!).
Se debe capacitar a unos y a otros, elevando la calidad del servicio y promoviendo la cultura de la convivencia.

Lo que este proyecto de Colegio busca, está claro, es hacer prevalecer el aspecto profesional que sin duda posee la actividad de administrar, por sobre aspectos mucho más importantes y decisivos, que son: la honestidad, la confianza, la buena fe y todos esos imponderables que son esenciales a la hora de decidir a quién confiarle el manejo de los propios bienes.
Por supuesto que detrás de todo está la intención velada por parte de ese Colegio de poder llegar a acuerdos globales para toda la ciudad con determinados proveedores, haciendo de todo esto una fuente inagotable de negocios.

Nadie se opone a que los administradores con verdaderas inquietudes por jerarquizar su actividad funden agrupaciones, impartan cursos de formación y perfeccionamiento y sometan a sus afiliados a tribunales de disciplina.
En todas partes del mundo ocurre y normalmente promueven una sana competencia que pesa, sin duda, en las posibilidades de cada candidato a la hora de ser elegido por las asambleas.
Pero usar el poder público para sacar una ley de fundación de un Colegio único y obligatorio, entregándolo luego al grupo generador de la idea resulta francamente repugnante.
Contraría no solamente las Constituciones nacional y de la Ciudad, sino las más elementales normas de derecho de cualquier país civilizado que se llame republicano y democrático.

Finalmente, en los fundamentos del proyecto se hace alusión a la legislación de otros países que cuentan con instituciones similares a la propuesta.
Eso es una verdad a medias y, como todas las verdades a medias, resulta absolutamente falsa.
Haciendo a un lado los argumentos puramente jurídicos que hemos expuesto, para juzgar la conveniencia o inconveniencia de un Colegio único de administradores hay que tener en cuenta el especial marco legal que tiene hoy la Propiedad Horizontal en nuestro país y el gravísimo estado de indefensión que afecta a los propietarios de departamentos o locales.

Básicamente son dos las circunstancias responsables de esa debilidad constitucional de nuestro régimen legal nacional, a saber:

1ª.
Por la ley nacional de Propiedad Horizontal 13512, el único órgano con que los propietarios cuentan para controlar la actuación de su administrador, es la Asamblea.
En la mayoría de los Reglamentos de Copropiedad y Administración de los edificios, la Asamblea puede desplazar al Administrador sólo en caso de reunir el voto de los 2/3 de todos los propietarios.
Puede deducirse la extrema debilidad en que el sistema coloca a los propietarios frente a los administradores.
Piénsese en las dificultades que encuentra cada consorcio en reunir en asamblea, del 66,66% de todos sus propietarios en un mismo día, a una misma hora y en un mismo lugar….
En consorcios de numerosas unidades, eso suele transformarse en una tarea imposible, de manera que en ellos la administración se hace prácticamente inamovible.

2ª.
Para colmo, el Código Procesal equipara el trámite de ejecución judicial de las certificaciones de expensas que libran los Administradores, con el de los cheques y los pagarés, de manera que los poderes que actualmente tienen esos gerentes son, sin duda, desmesurados y hasta abusivos.
La ley los faculta a certificar las deudas por expensas que ellos mismos realizan, lo cual coloca al régimen al borde de lo absurdo.

Atento a esa precaria situación legal que sufren los propietarios, cabe preguntarnos: ¿Resulta aconsejable que el Estado se ocupe de proteger “la libertad y dignidad de la profesión del Administrador”, según se dice en los fundamentos del proyecto? ¿Es razonable permitir que, dichos administradores se agremien en una corporación única y obligatoria para todos, donde un grupo decidirá quiénes pueden o no ejercer la actividad? ¿Es justo institucionalizar su facultad de juzgar la corrección o incorrección del desempeño de todos los administradores de la ciudad? ¿Es prudente conferirles el derecho de gravar a discreción la ejecución de sus tareas, imponiendo el pago de cánones que ellos mismos decidirán en cada ejercicio, sin control alguno? ¿Se ha pensado acaso en el impacto que esa carga causará, finalmente, en las expensas?

EN CONSECUENCIA, LLAMAMOS SERENAMENTE LA ATENCIÓN DE LOS SEÑORES LEGISLADORES Y DE LA OPINIÓN PÚBLICA EN GENERAL SOBRE EL PELIGRO DE ERIGIR UNA NUEVA CORPORACIÓN QUE PERJUDICARÁ CIERTAMENTE A TODOS QUIENES VIVEN, TRABAJAN Y PAGAN EXPENSAS EN EDIFICIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL.

Cordialmente,

Dr. Osvaldo Loisi
® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, abuso, ataque al derecho de propiedad, educación, Conflictos Generales de Vecindad,

Comentarios

publicado el 11-4-2012

de acuerdo a cuantas unidades tiene el edificio es el sueldo del administrador? cual seria en el edificio que vivo que son 13 pisos de dos departamentos por piso muchas gracias aguardo respuesta

publicado el 29-9-2011

A ver, la cosa no pasa por la cantidad o calidad de estudios. Pasa por quién administra y maneja mi plata. No es como cualquier otra actividad, ya que acá manejan plata de terceros y solo esos terceros deciden a quién eligen, no un grupo privado de personas. Repito lo que tan claramente dice arriba la nota: **¿Qué diríamos, por ejemplo, si los gerentes de sociedades comerciales pretendieran formar un colegio único para obligar a las empresas a escogerlos de una lista que ellos mismos monopolizaran? Sería absurdo** Es tal cual! o me vas a decir que si tenes una empresa alguien te puede decir a quién elegís para que la administre? Y menos si esos que pretenden decirtelo son justamente un grupete de gerentes, administradores o como los queramos llamar. NO VA.

publicado el 28-9-2011

Muy breve: los Colegios Profesionales están integrados por Profesionales egresados de Carrera Mayor Universitaria. Hay Maestrías en Administración, como ser el M.B.A., pero son especializaciones de Post grado Universitario. Acaso el proyecto en cuestión prevé como requisito sine qua non semejante formación? Saludos.

publicado el 1-9-2010

El Dr.Loisi dice: "¿Por qué razón no es cuestionable la existencia de otros Colegios similares tales como los de contadores, abogados, ingenieros o médicos y sí lo es uno de Administradores de Consorcios? La respuesta es bien sencilla: porque mientras los contadores, médicos, abogados e ingenieros profesan un arte u oficio, los administradores "gerencian" bienes ajenos." Yo me pregunto: "gerenciar bienes ajenos",¿no es también un arte u oficio? Loisi dice: "Administrar consorcios consiste en realizar gestiones que desde luego, difieren sustancialmente de las tareas de las demás profesiones liberales. El administrador no está obligado por ley a aconsejar, sino a ejecutar. Y lo que hagan cumpliendo ese cometido afecta directamente el bolsillo de sus administrados." Yo pregunto: si contrato un abogado para ocuparse de mi juicio (aconseja y ejecuta, celebra pactos con la otra parte, cobra en mi nombre, etc), lo que él haga, ¿no afectará mi bolsillo? En el caso del Abogado o Contador, ¿la honestidad no es fundamental, como Loisi dice lo es en el caso del Administrador? El Administrador,¿no tiene que velar que el edificio cumpla las normativas técnicas, como hace el Contador con los balances? No veo un sólo argumento esgrimido por Loisi para admitir los Colegios de Abogados o Contadores pero no el de Administradores. Peor aún, en el caso del Abogado la ley (redactada por un abogado) me obliga a contratar uno y EL JUEZ (otro abogado)DICE CUANTO TENGO QUE PAGARLE. En EEUU no es obligatorio, sólo sugerido, contratar un abogado para iniciar o defenderse en una acción legal. En fin, no expreso una opinión a favor ni en contra del Colegio de Administradores. Lo que no creo que se pueda es cuestionar un Colegio de Administradores y no cuestionar los de las otras profesiones liberales.

publicado el 8-11-2007

Aunque "pobre", y "mal llevado", el tema finalmente ha trascendido el marco privado y llegó hacia la opinión pública a través de algunos medios radiales y de prensa. Con ello, podemos decir que los que defienden los derechos de los consorcistas han atravesado la primera línea de defensa del establishment. Para ellos, mis felicitaciones, pero hay que seguir bregando porque las causas justas, merecen un justo resguardo. "Pobre", porque pareciera que todavía no queda clara la gravedad del problema y, por lo tanto, "mal llevado", ya que todo se reduce al simplismo de la palabra "expensas" desarticulando, con ello, el espíritu "real" del mentado proyecto del macrista Santilli al cual se trata de combatir por medio de la verdad de las palabras y la fuerza de los hechos. De aprobarse dicho proyecto bizarro, no se dañaría sólo el cuerpo social compuesto por más de 2.500.000 propietarios afectados a la 13.512 sino que se dañarían las instituciones y con ello, a TODA la ciudadanía argentina, no sólo a la correspondiente a la comunidad consorcial porteña o a los ciudadanos de la autónoma Buenos Aires. Y se dañarían las instituciones porque, tras violarse el Código Civil en lo que respecta al mandato, también se estaría violando la Constitución Nacional en tanto el ciudadano propietario pierde sus derechos de exclusiva ante sus bienes. E inclusive, el daño institucional se agrava aún más por cuanto le otorga al legislador (que no es más que un simple empleado del ciudadano argentino ya que cobra sus haberes con el dinero recaudado con los impuestos comunes) un "poder de facto" pasando por sobre la "obligación de voto" esto es: deberse a sus votantes mayoritarios y no subordinarse a intereses minoritarios y corporativistas. Y el daño es aún mayor porque si se rompe el equilibrio entre la ley y el orden, en tanto y en cuanto quienes son responsables de velar por ello crean leyes que lo ambiguan y lo corrompen, el daño se vuelve irreversible y genera, por carácter transitivo, la tan temida "anomia". Y por último, valga la paradoja: si con la ley aprobada se logra violar el derecho de mandato, nosotros entonces podríamos ampararnos en dicho recurso y actuar en consecuencia ya que ellos dejarían automáticamente de representarnos. ¡Qué brete!, ¿no muchachos? ¡Vamos, aflojando un cambio y mandando al duerme semejante proyecto de pacotilla y de paso, a repasar un poco los apuntes sobre derecho (civil, constitucional, penal, etc.) ya que me parece que hay algo que no entendieron porque esto, es una democracia[*] y no una aristocracia ni una dictadura. ---------- [*] DEMOCRACIA: Doctrina política basada en la intervención del pueblo en el gobierno a través de sus representantes.

publicado el 7-11-2007

Todo lo que Uds. comentan sobre los fundamentos del Proyecto de colegiación, es un verdadero disparate y ni qué hablar de los oscuros intereses que conlleva. Lo más trágico es el avance sobre el dominio de la propiedad privada y la indefensión absoluta del propietario. Por caso, no tenemos intervención en la discusión de los salarios de los Adm. y Encargados, vaya como ej. nuestro edificio con 1 sólo Encargado se lleva del presupuesto anual, el 35,83% en sueldos y el 20,39% en cargas sociales, sin contar todos los servicios y hasta el Telef. y el Celular y T.V.- Para no abundar no cuento el % del Adm. Se me ocurre que la publicidad masiva y la presencia en la calle, sería la forma de paralizar este avance.

publicado el 5-11-2007

Un comentario breve: para ver o no las bondades del pyecto estimo que debería darse a publicidad para su discusión. Esto hasta ahora no está suficientemente dado a conocer, esta conducta de los legisladores hace presuponer mala fe u ocultamiento de intereses sectoriales

publicado el 5-11-2007

Un comentario breve: para ver o no las bondades del pyecto estimo que debería darse a publicidad para su discusión. Esto hasta ahora no está suficientemente dado a conocer, esta conducta de los legisladores hace presuponer mala fe u ocultamiento de intereses sectoriales

publicado el 5-11-2007

Creo que éste proyecto anodino se paralizará con la masiva difusión del mismo. Habría que llevarlo a la televisión y a los diarios y a todo medio de difusión masiva, porque ninguna persona con sentido común podría aprobar algo así. También se debería pedir la renuncia y la publicación de los nombres de todos los legisladores que intervengan en éste vergonzoso proyecto. Cuenten conmigo.

publicado el 31-10-2007

No quiero ser irrespetuoso, pero transcribo el siguiente correo. . ----- Mensaje original ---- De: EDUARDO AWAD Enviado: miércoles 31 de octubre de 2007, 12:49:14 Asunto: [todoconsorcios] ULTIMO MOMENTO ! . Gente de la lista: es preciso que la mayor cantidad de personas nos juntemos el día de mañana jueves 1 de noviembre a las 15.30 hs en las puertas de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, Perú 130 ; para hacer escuchar pacíficamente a los Legisladores de la Ciudad nuestro rechazo y repudio a la sanción de la ley mediante la que pretenden crear el Colegio Público de Administradores de Consorcios. Si los consorcistas no queremos que en nuestra casa nos gobierne un administrador impuesto por terceros, vayamos a la Legislatura y por favor llevemos a la mayor cantidad de gente posible. Desde ya muchas gracias y trataremos de informar lo que suceda hoy en el salón Jauretche de la misma Legislatura donde teóricamente podremos informar a los legisladores y sus asesores acerca de los perjuicios que dicha ley irrogaría a los mas de dos millones y medio de consorcistas de la ciudad de Buenos Aires. Es una de nuestras últimas oportunidades, juntémonos en la puerta de la Legislatura mañana jueves a las 15.30 Gracias a todas y todos Dr. Eduardo Awad

publicado el 31-10-2007

Señores muy buenos dias.- Me parece excelente que estos temas salgan a la luz y puedan ser debatidos.- Tendríamos que redactar la idea en forma precisa y publicar varias solicitadas en los diarios más importantes del país y comprometer a los medios para generar un debate al respecto.- Entiendo que es una forma de publicar masivamente éstas ideas y contribuiría a que muchas personas que viven en propiedad horizontal se enteren de lo que está pasando con esta situación y tendríamos que seguir así con todas las demás situaciones que generan compromisos abusivos para los consorcios como por ejemplo los aumentos de sueldo, la imposibilidad de elegir libremente quien va a prestar los servicios de limpieza y mantenimiento, etc.- Que tengan un buen dia.-

publicado el 31-10-2007

Me olvidaba de decir qué partidos están detrás de este negocio: SANTILLI, DIEGO ------- juntos por buenos aires (pro) ENRÍQUEZ, JORGE ------ juntos por buenos aires (pro) CAEIRO, FERNANDO ------ coalición cívica TALOTTI, MARTA -------- frente para la victoria CENTANARO, IVANA ------- frente para la victoria DESTÉFANO, ROBERTO ------ frente compromiso para el cambio DEVOTO, RUBÉN ------ frente para la victoria FAILDE MOURE, PABLO ------ convergencia DE ESTRADA, SANTIAGO ------- juntos por buenos aires (pro) ZAGO, OSCAR -------- juntos por buenos aires (pro) Acá vemos que la mayoría es PRO, y también frente para la victoria tiene un porcentaje importante.

publicado el 31-10-2007

Detrás del absurdo, mal redactado y finalmente rídículo proyecto están los "legisladores" del PRO. - El autor es DIEGO SANTILLI. Y están detrás los "próceres": - ENRÍQUEZ, JORGE CAEIRO, FERNANDO TALOTTI, MARTA CENTANARO, IVANA DESTÉFANO, ROBERTO DEVOTO, RUBÉN FAILDE MOURE, PABLO DE ESTRADA, SANTIAGO ZAGO, OSCAR

publicado el 30-10-2007

Ese proyecto pretende convertir a la actividad de administración en un coto reservado para generar inmensas ganancias a unos pocos privilegiados, y usan como excusa el argumento que de esa manera se jerarquizaría esa función. Creo que debemos oponernos absolutamente a la sanción de ese proyecto, tal vez también juntando firmas como expresaba Susana González. De todas maneras, cuenten tambien conmigo en lo que pueda ser de utilidad para tal fin.

publicado el 29-10-2007

podriamos juntar firmas a fin de emitir nuestra opinion a cerca ded este proyecto de ley donde el administrador pasaria a ser el autoritario, tengo un negocio y con quien hablo tiene problemas con el administrador de su edificio asi es que creo podriamos hacer una cadena y juntar firmas a fin de oponernos a este proyecto de ley o es que vamos a hacer lo mismo que en las reuniones de consorcio que todos critican pero luego no van a la reunion, hagamos fuerza entre todos a fin de que se nos respete para eso pagamos expensas. gracias estoy a su disposicion si puedo colaborar.

publicado el 26-10-2007

El martes 10 de octubre de 10 a 13hs en la planta baja de Cerrito 832, (C.A.B.A.) se reúnen: AIPH, AIERH, CAPHAI, FRA y UADI, para informar sobre el Proyecto de Ley de la Legislatura Porteña para la creación del Colegio Público de Administradores. Esto confirma anteriores sospechas sobre quienes estaban detrás de la creación del Colegio Público de Administradores de Propiedad Horizontal. Desde hace más de 2 años que esto se veía venir y ahora, con el predominio del PRO sobre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el cambio del polo de poder encolumnado detrás de la visible futura presidenta de los argentinos: Cristina Fernández de Kirchner (la versión femenina de Menem), el poder de las corporaciones será total, absoluto, impiadoso y apartidario. Nada es "casual": son los mismos personajes que han formado lobby con el SUTERH y el Estado (el Triángulo de las Bermudas) para representarnos en paritarias. Gracias a ellos, todos nuestros derechos han venido "desapareciendo" y ahora, "desaparecerán" definitivamente. Además, durante los 4 años de gestión de Kirchner, el sector de la construcción, y con ello, el inmobiliario, construyó un poder como antes nunca había tenido. ¿Cómo desaprovechar una oportunidad histórica única? Es "ahora o nunca", ¿no les parece? Y ¿quienes son ellos?: AIPH (Administradores Independientes de Propiedad Horizontal); AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal); CAPHAI (Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias); FRA (Fundación Reunión de Administradores); UADI (Unión Administradores de Inmuebles). ¿Y por qué el 30 de Octubre de 2007? Porque es el momento propicio para sacar la ley entre gallos y media noche ya que la ciudadanía estará enfocada en los resultados electorales y el proyecto entrará sin ser percibido. Un golpe maestro sin dudas. Yo, anoche, envié la nota de Loisi a 350 programas de radio de la Argentina. Espero que muchos de nosotros hagamos lo mismo. La única manera de parar todo esto es uniéndonos entre todas las organizaciones de defensa del consorcista y enviando cadenas de correo a nuestros conocidos como así también copia del artículo citado a los medios. Alguien tendrá que recoger la baraja... Otra cosa que puede hacerse es asistir a dicha convocatoria y plantear "seriamente" lo posición discordante; meterse en los foros sobre consorcios y plantear el problema; escribir al boletín de Pequeñas Noticias (el cual leen todos los administradores) y muchas cosas más que está lejos de sentarse a llorar sin hacer nada y quejarse como una criatura.

publicado el 21-10-2007

Pregunto: ¿La legislatura va a derogar el Código Civil en lo referente al Mandato?

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