Se prorroga la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas, establecido por las Resoluciones N° 79-ANSES--95-, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones puestas al pago durante los meses de julio y agosto de 2020, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente. Se establece que las Entidades Pagadoras conservan la responsabilidad del control de la supervivencia, en el marco de lo establecido en la Resolución D.E.-N N° 648 de fecha 11 de diciembre de 2014, en el ANEXO I, punto 1.12.