Los administradores no se encuentran expresamente incluidos en la nómina de sujetos legitimados para solicitar informes al Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (artículo 54º, incisos a, b, c y d, Decreto Nº 2080/80, t.o. Decreto Nº 466/99). La evolución habida en la figura del Administrador de Consorcio, abre la posibilidad de registrar su designación para habilitarlos como legitimados para la publicidad dominial del consorcio que administren, y tal como indica que no se advierten razones normativas que impidan a esos administradores acceder a información registral vinculada de manera directa con el ejercicio de sus funciones y dentro del límite consorcial establecido para su desenvolvimiento.
Se habilita un servicio de publicidad (informe), en el que se indicarán únicamente los titulares de dominio y, cuando estuviesen registrados, los pertinentes documentos de identidad, respecto de unidades funcionales del régimen de Propiedad Horizontal. Los administradores de consorcios de propiedad horizontal están habilitados para peticionar dicho informe acompañando copia legalizada del acta protocolizada del instrumento de su designación la que será archivada en el organismo.
Quedarán exceptuados de presentar la documentación señalada, aquellos administradores que acrediten su carácter con la documentación respectiva en ocasión de la rubricación de los libros del consorcio en la oficina pertinente o en un acto posterior. A estos efectos se llevará un registro de acreditación de designación como administrador, por edificio y nombre completo de éste.
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Ciudad de Buenos Aires
Ciudad de Buenos Aires
ATENCIÓN ADMINISTRADORES: RECORDATORIO SOBRE INFORME DE DOMINIO DE LAS UNIDADES FUNCIONALES EN CABA
Fuente: Registro de la Propiedad Inmueble CABA
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL-Sede Avda Belgrano 1130 Disposición Técnico Registral 6/2009-
Se habilita un servicio de publicidad en el que se indicarán únicamente los titulares de dominio relacionado al Régimen de la Propiedad Horizontal.
Se habilita un servicio de publicidad en el que se indicarán únicamente los titulares de dominio relacionado al Régimen de la Propiedad Horizontal.
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