Únicamente se autorizan breves salidas de esparcimiento, en los términos contemplados en el artículo 8º del Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 408/PEN/20, los días sábados y domingos a los niños, niñas y adolescentes hasta los 15 años de edad inclusive, en compañía de una persona mayor a cargo o responsable, sin alejarse más de QUINIENTOS (500) metros de su residencia y con una duración máxima de SESENTA (60) minutos.
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Ciudad de Buenos Aires
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En CABA se publicó el Decreto 227/2020 y se modificaron las salidas de fin de semana de niños y adolescentes
Fuente:BOCABA del 5-6-2020
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