Las apreciaciones e instrucciones contenidas en la Directiva constituyen la actualización y revisten el carácter de complementarias de las dispuestas por los Decretos Nros. 1714 del 10 de noviembre de 2009 y 2645 del 30 de diciembre de 2014. El extenso Anexo del decreto dictado tiene tres capítulos:
CAPÍTULO I DIAGNÓSTICO Y APRECIACIÓN DEL ESCENARIO DE DEFENSA GLOBAL Y REGIONAL
CAPÍTULO II POLÍTICA DE DEFENSA NACIONAL: CONCEPCIÓN Y POSICIONAMIENTO ESTRATÉGICO DE LA REPÚBLICA ARGENTINA EN MATERIA DE DEFENSA
CAPÍTULO III DIRECTRICES PARA LA INSTRUMENTACIÓN DE LA POLÍTICA DE DEFENSA NACIONAL Y DE LA POLÍTICA MILITAR
A) INSTRUCCIONES DIRIGIDAS AL MINISTERIO DE DEFENSA
B) INSTRUCCIONES DIRIGIDAS AL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
C) INSTRUCCIONES DIRIGIDAS A LAS FUERZAS ARMADAS
Se destaca que el MINISTERIO DE DEFENSA deberá en materia de formación y capacitación, entre otras obligaciones: colaborar con la UNIVERSIDAD DE LA DEFENSA NACIONAL (UNDEF) y deberá en materia de políticas de Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Género, entre otras incumbencias: i) Promover una cultura institucional de respeto de los Derechos Humanos, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario, con énfasis en la incorporación y fortalecimiento de perspectivas de género y en la lucha contra toda forma de discriminación, incluyendo los espacios educativos y de formación docente dentro de la jurisdicción.-