[...] de acuerdo a la doctrina fijada en el fallo plenario N° 272 de esta CNAT en autos “Drewes, Luis Alberto c/ Coselec SSCS” (23/3/90), [...] se decidió que “En caso de acreditarse que el despido del trabajador varón obedece a causas de matrimonio, es procedente la indemnización prevista en el art. 182 LCT”.
[...] La solución adoptada otorga al trabajador varón despedido en razón de que ha decidido casarse la, por razón de sexo, protección agravada del art. 182 de la Ley de Contrato de Trabajo [...] la exclusión de la aplicación de la presunción consagrada en el art. 181 de la L.C.T. (t.o.) al caso del despido del trabajador varón es discriminatoria, pues la diferencia de trato respecto de la mujer no está justificada con criterios razonables y objetivos, delineados a la luz de una interpretación dinámica y evolutiva.