“… el Decreto 2067/08 del PEN creó el Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural que sean requeridas para satisfacer las necesidades nacionales de dichohidrocarburo, con el fin de garantizar el abastecimiento interno (art.
1°).
La misma norma dispone que dicho fondo estará integrado -entre otros recursos- por cargos tarifarios a pagar por los usuarios de los servicios regulados de transporte y/o distribución, por los sujetos consumidores de gas que reciben directamente el gas de los productores sin hacer uso de los sistemas de transporte o distribución de gas natural y por las empresas que procesen gas natural (art.
2°).....Lo expuesto hasta aquí me convence de que independientemente de la denominación que se le dio en su génesis -quizás con intención de evadir el control de constitucionalidad- el cargo fiduciario ostenta los rasgos distintivos de todo tributo, es por ello que así debe considerárselo.....La norma constitucional es bien clara al respecto, la potestad legislativa queda vedada para el Poder Ejecutivo, aún en caso de situación excepcional de emergencia, si se trata de materia tributaria.
Esta prohibición de emitir decretos en materia tributaria es infranqueable......La consecuencia jurídica de tales circunstancias es la declaración de inconstitucionalidad del decreto y normas complementarias.....… encuentro que la acción intentada pasa el examen de admisibilidad pues ha existido un acto manifiestamente arbitrario e ilegal por parte del Estado Nacional dictado en violación de las garantías constitucionales en materia tributaria que afecta de manera irrazonable el derecho a la propiedad de la contribuyente constitucionalmente protegido.
Por otra parte, la índole de los derechos comprometidos llevan a quien suscribe al convencimiento -de que el proceso de amparo es el más idóneo a fin de evaluar la situación de autos, es que si se obligara a la amparista a tramitar por la vía ordinaria, los derechos y garantías constitucionales violados y conculcados por el complejo normativo impugnado encontrarían una difícil reparación ulterior.
Sucede que los plazos legales en los que se desenvuelve el proceso ordinario no son compatibles con la premura que existe en obtener una decisión judicial que ponga a resguardo los derechos vulnerados.....
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Todo el país
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Inconstitucionalidad de cargo adicional de ENARGAS
Fecha del Fallo: 13-3-2013
Partes: Asociación Civil de Consumidores Defendete c/ENARGAS y otro s/amparo
Tribunal: CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE MAR DEL PLATA
Tags: De Interés General para la Familia Urbana, servicios públicos, facturación,

Ya salió la tercera edición ampliada y actualizada del manual de la Liga del Consorcista Todo Sobre Consorcios
Se incorporaron las modificaciones del nuevo Código Civil, tomando en consideración las diferencias con la derogada ley 13.512 y las novedades introducidas por el nuevo régimen.
ACCESOS DIRECTOS
Listado de la normativa básica en Propiedad Horizontal actualizada, para su rápida consulta
- Cuandro Comparativo entre la ley de Propiedad Horizontal 13512 y el Nuevo Código Civil
- Nuevo Código Civil y Comercial (parte pertinente)
- Nuevo Código Civil y Comercial (texto completo)
- Convenio Colectivo de Encargados
- Escalas Salariales de Encargados: 2008 | 2009 | 2010 | 2011 | 2012 | 2013 | 2015 | 2016 | 2017 | 2017 (II) | Abril 2018 | mayo 2019 | Julio 2019 | Noviembre 2019 | Marzo 2020 | Julio 2020 | Noviembre 2020
- Estatuto de Encargados (Ley 12.981)
- Decreto Reglamentario del Estatuto
- Ley de Prehorizontalidad
- Convenio Colectivo del Personal de Seguridad y Escalas 2009
- Convenio Colectivo del Personal de Maestranza