La SRT -por Resolución 29/2022 -ha resuelto adoptar las recomendaciones previstas en la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 705 de fecha 31 de marzo de 2022* y en el Acta de la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT) N° 187 de fecha 4 de abril de 2022, y/o las que en el futuro la reemplacen.
* LA MINISTRA DE SALUD RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Establecer las siguientes recomendaciones de cuidado generales para la prevención de Covid-19 y otras enfermedades respiratorias agudas:
a. Continuar con el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público.
b. Asegurar la ventilación de los ambientes.
c. Mantener la higiene adecuada y frecuente de manos.
d. Ante la presencia de síntomas, evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso del transporte público.
ARTÍCULO 2°. Déjase sin efecto el distanciamiento social de DOS (2) metros.
ARTÍCULO 3°. Déjase sin efecto la obligatoriedad del autorreporte de síntomas en la aplicación “Cuidar” dispuesta en el artículo 5° de la Decisión Administrativa N°1198/21.
ARTÍCULO 4°. Para determinar la modalidad de prestación de servicios laborales -presencial o remota- de una persona, se recomienda la realización de una evaluación médica de riesgo individual con su correspondiente certificación, sin que sea suficiente su sola pertenencia a los grupos de riesgo previstos por el artículo 3º de la Resolución Ministerial Nº 627/20.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación y archívese.Carla Vizzotti