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LAS MEDIDAS GENERALES DE PREVENCIÓN publicadas el 27-8-2021 se modifican el 28-8-2021 y se dispone su aplicación a partir del 20-9-2021-Decisión Administrativa 853/2021

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Publicado en BO: edición vespertina del 28-8-2021

Se exceptúa de realizar la cuarentena a los argentinos y residentes en territorio nacional que hubieran viajado al exterior por razones laborales o comerciales. Decisión Administrativa 846/2021



EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que la Decisión Administrativa N° 846/21 resultará de aplicación a partir del día 20 de septiembre de 2021.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a los organismos intervinientes a adoptar las medidas conducentes para la correcta instrumentación de la Decisión Administrativa N° 846/21 a partir de la fecha dispuesta en el artículo 1° de la presente.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia en el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Andrés Cafiero - Carla Vizzotti

 

® Liga del Consorcista

Tags: seguridad,

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