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Prórroga de la feria del RPA hasta diciembre, sólo atenderán a propietarios para radicar denuncias en Moreno 1170 - Disp. 3316/DGDYPC/11

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Publicado en BOCABA 16-9-2011

Se prorroga la feria administrativa del RPA hasta mediados de diciembre de 2011.
Los plazos para los administradores se suspenden.
Durante ese plazo sólo se atenderá a los propietarios, a los efectos de radicar denuncias, en Moreno 1170, PB, Ciudad de Buenos Aires.
Defensa del Consumidor ha receptado nuestra sugerencia. Más información .

Nota: El resaltado en negrita nos pertenece, no encontrándose en el texto original.



VISTO:
La Ley Nº 941, Ley 3254, Ley 3291, el Decreto Nº 551/10, el Decreto 801-GCBA/09, y 802-GCBA/09, la Disposición Nº 2067-DGDYPC-2011, la Disposición Nº
2635-DGDYPC-2011 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 941 del Registro Público de Administradores de Consorcios de
Propiedad Horizontal ha sido modificada por la Ley 3254 y la Ley 3291;
Que el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N° 551/10 reglamentario de la ley ut-supra mencionada;
Que el artículo 4° del decreto mencionado ut-supra designa a la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor como autoridad de aplicación de la Ley N° 941 –texto conforme Leyes N° 3.254 y 3.291–, quedando facultada para dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la mejor aplicación del citado régimen legal y la presente reglamentación;
Que, por el Decreto Nº 1361/00 se creó la Dirección General de Defensa y Protección al consumidor, dependiente actualmente de la Subsecretaria de Atención Ciudadana de Jefatura de Gabinete;
Que, en concordancia con el espíritu de la Ley 941 y su decreto reglamentario Nº
706/03, modificadas actualmente por la Ley 3254 y 3291 se dicta el Decreto Nº 551/10 Reglamentario de las mismas mediante el cual se designa a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor como máxima autoridad de aplicación con las facultades de vigilancia, contralor y aplicación establecidas en dicha normativa;
Que asimismo dicho reglamento faculta al Director General de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor a dictar las normas instrumentales e interpretativas necesarias para la correcta implementación y aplicación de la Ley Nº 941 y concordantes.
Que como se expresara en las Disposiciones Nº 2067-DGDYPC-2011 y la Disposición
Nº 2635-DGDYPC-2011: “atento al Expediente Nº 640115/10 el edificio donde funciona el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, Av.Patricias Argentinas 277, CABA, se encuentra en obra por refacciones destinadas a la reestructuración de las aéreas que allí funcionan y a la instalación del Centro de Gestión y Participación Ciudadana Nº 6 dentro del mismo;
Que lo expuesto incomoda la atención al público e imposibilita el procesamiento de la documentación procedente de la misma;
Que se hace necesario otorgar una feria administrativa sin atención al público evitando el cúmulo de consorcistas y/o administradores dentro de las instalaciones en obra;
Que de tal modo el personal del Registro prestará sus servicios en la organización de las actuaciones existentes y para los casos de suma urgencia (oficios judiciales, requerimientos de Defensoría del Pueblo, etc)”;
Que se hace necesario prorrogar la feria administrativa sin atención a consorcistas y/o administradores dentro de las instalaciones en obra;
Que no obstante lo expresado surge la necesidad material de generar un espacio para la atención de los consorcistas para sus inquietudes y denuncias conforme la Ley 941 y Decreto 551/10;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales conferidas por le Ley 941, la Ley 757, Decreto 706-GCBA/03 y el Decreto 17-GCBA/03,

EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION DEL CONSUMIDOR DISPONE

Artículo 1º.- Prorrógase la feria administrativa del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal por el término de 90 días a partir del 12 de septiembre de 2011, quedando suspendidos los plazos procesales durante dicho lapso;
Artículo 2º.- Establecese que a partir del día 19 de septiembre de 2011 y hasta la reapertura de las oficinas de Av.
Patricias Argentinas 277, CABA se atenderá al público para reclamos contra administradores conforme la Ley 941 y Decreto 551/10 en las oficinas de la Dirección General sitas en la calle Moreno 1170, PB, CABA.
Dicha atención será exclusiva para consorcistas
y a los fines de recepcionar la documentación con su correspondiente denuncia por escrito para ser posteriormente evaluada y, en su caso, instruida por los profesionales actuantes en el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal;

Artículo 3º.- Regístrese.
Publíquese en el Boletín Oficial.
Cumplido, Archívese.
Gallo

® Liga del Consorcista

Tags: propiedad horizontal, Administrativo. Registros & Temas Municipales, administrador, consumidores, Registro Público de Administradores RPA,

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