El Director Ejecutivo de ANSeS, Sergio Massa, y el Secretario General del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal), José Santamaría, firmaron un convenio el 28 de Diciembre de 2004 que prevé la apertura de una ULAT (unidad local de atenciòn transitoria) en esa sede gremial.
La nueva unidad de atención funcionará en calle Riobamba 250, de la Ciudad de Buenos Aires.
Los 65 mil trabajadores adheridos al SUTERH y sus familias podrán recibir información y asesoramiento sobre las diversas prestaciones que brinda ANSES, fiscalizar sus aportes y realizar los distintos trámites previsionales a través de estos locales, sin necesidad de concurrir a las oficinas de atención del organismo.
Todo el país
ANSeS en el SUTERH
sergio |
Hola busco dejar mi curriculum, soy encargado de edif. con experiencia 11 años en el rubro, en capital federal. Busco trabajo en condiciones similares,con o sin vivienda,38 años soltero sin hijos. contactarme al cel 1169025237, o al mail: [email protected] gracias. SERGIO LAZARTE.
Victoria |
hola mi nombre es victoria soy de lanus oeste tengo 32 años y una hija soy madre soltera quisiera saber como puedo hacer para poder trabajar en alguna portería donde llevar mi cv necesito trabajar con urgencia les agradecería respondieran mi comentario o como puedo hacer para anotarme de auxiliar para las escuelas. desde ya muchas gracias
Emerson Zacuarao |
Quisiera saver como pudo hacer para postularme para ayudante de porteria en Suterh, tengo 23 años con una hija,experinecia en el rubro, soy una persona muy responsable.
alcides |
Hola quisiera saber si x ser sereno d una obra n construcción, q es un dpto d 5 piso tendré la posibilidad d quedarme como portero d edeficio alguna vez desde ya muchas gracias
carlos alberto |
Necesitaria saber donde subir mi cv para trabajo de porteria. Tengo 59 años,casado, con dos hijas adolescentes. Tengo ecxperiencia en el ramo pues he trabajado en cooperativas de porteros haciendo suplencias de encargados y tambien de ayudantes, tambien tengo experiencia en mantenimiento,limpuieza general y vigilancia .Mi mail es [email protected] y mi celular 15 37997946.
carlos alberto |
necesito saber donde ingresar mis datos para solicitar trabajos de porteria. Tengo experiencia en mantenimiento y limpieza de edificios,trabaje en cooperativas de porteros haciendo suplencias de encargados y de ayudantes. Tengo 59 años, estoy casado y tengo dos hijas adolescentes. Solicito trabajo de encargado con vivienda o si no fuera posible trabajo de ayudante de porteria.
miguel mendez |
queria saber si me pueden facilitar direcciones de consorcios para dejar un curriculum vitae.tengo experiencia,necesito trabajar tengo 26 años,tengo referencias,si me pueden suministrar dichas direcciones estare muy agradecido.saluda atte.
liliana |
HOLA,OFRESCO ENCARGADO CON VIVIENDA,EXCELENTE CURRICULUN,SOLTERO SIN HIJOS EDAD 60 EN CAPITAL FEDERAL. CON REFERENCIA GRACIAS
Pais Carlos |
Estoy en la busqueda de un empleo en un edificio de ser posible en zona sur.desde ya muy agradecido.
Walter teraso |
LA VERDAD QUE ME DAN ASCO LOS COMENTARIOS DE ALGUNAS PERSONAS. "!Mi encargado no hace nada!"... Y vos, que corno haces?.. Todos se hacen los bolu.. en diferentes trabajos. Los encargados, los médicos, los arquitectos etc. Recuerden que estas persnas tienen familias igual que ustedes. "EL COMENTARIO NO TIENE PALBRAS OBSCENAS, SOLO MUESTRAN MI ENOJO"
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Hola soy mujer tengo 28 años realizo suplencia de encargada de edificio y quiero postularme para encargada de edificio con vivienda o sin vivienda tengo muchisimas ganas de trabajar y soy limpia!! Limpio por demas!! mis referencia en las administraciones lo confirman. Desde ya muchisimas gracias dejo mi email por si saben de alguna porteria y se contactan conmigo [email protected]
Jose |
Buenos días me gustaria conseguir un trabajo como encargado de edificio sin casa , no se con quien tendria que contactarme . Desde ya muchas gracias
Martinlopez5080 |
Hola en nuestro edificio hay un encargado fijo la unidad de 28 departamentos y le queremos dar la vivienda pero hay 5 señoras q dicen q no pero la mayoria si queremos darle la vivienda en nuestro edificio no tenemos plata para arreglar la vivienda del encargado entonces le propusimos que el encargado lo arregle es pinta y cambiar unos caños el dice q lo paga él y nosotros estamos contentos porq asi no nos aumentan las expensas Cuantos votos tenemos q tener para darle la vivienda ? ¿la mitad mas uno? ¿Puede arreglar la vivienda del encargado el propio encargado no hay drama??
Fernanda |
QUIESIERA SABER QUE LE CORRESPONDE ABONAR AL ENCARGADO O AL CONSORCIO EN CUANTO A LOS ARREGLOS DE LA VIVIENDA, YA QUE INGRESAMOS HACE 3 AÑOS A TRABAJAR Y NOS ENTREGARON EN PESIMAS CONDICIONES EL LUGAR, Y VENIMOS PINTANDO, ARREGLANDO REVOCANDO Y NUNCA NOS RECONOCEN NADA.- EL CALEFON ESTA ROTO Y UN DIA VAMOS A VOLAR NOSOTROS Y LOS PROPIETARIOS TAMBIEN-
Liga del Consorcista |
Estimado Sr. Luis, Los artículos publicados permiten el diálogo y la abierta discusión constructiva, puesto que está abierto a los comentarios. No ejercemos ningún tipo de censura previa, aunque los comentarios que sean insultantes o agravientes en alguna forma son removidos. (los términos y condiciones de uso se encuentran al pie de la página). Las palabras o frases soeces o en su caso los calificativos groseros son eliminados. Esperamos sepa comprender nuestra voluntad de mantener la conversación civilizada dentro de este ámbito. Saludamos atentamente, Equipo de Redacción de la Liga del Consorcista
luis |
bueno parece que ahi alguien que no es tolerante a los comentarios porque el mio a sido sacado pero igual sigo pensando lo mismo son todos unos ***** que quieren tener empleado gratis ****
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necesito saber si hubo algun fallo a favor de empresa de seguridad contra Suterh
Lucia |
Lo que le hicieron a tu perrita es demencial, es tremendo e imagino que habrás efectuado la denuncia correspondiente en la comisaría: la ley de protección al animal dicta penas hasta cárcel si el hecho se comprueba, y de hecho, claro que en tu caso se comprueba, basta la declaración del veterinario que la asistió.
Magali |
Bs Dias, Mi duda es la siguiente, tenemos un encargado en mi edifiicio que esta ganando 4000 Pesos. Ya que la administracion no nos detalla su sueldo queria saber si ustedes tenian idea de que se puede componer, El tiene vivienda por lo tanto entra en categoria 1 verdad Sueldo minimo 2130 Peoss y tiene 3 años de antiguedad seria (42 peoss x3). Pero despues que le debo sumar? ya que tenemos contratada empresa de limpieza y de mantenimiento de jardin por lo tanto no limpia la vereda, no saca la basura, no limpia el garage, ni tampoco el jardin.... Muchas gracias Magali
enrique |
hola tengo tres años de portero encargado pero trabajo para una empresa. Resulta que el consorsio contrato una empresa para evitar las indemnizaciones, pero igual pagan mucho dinero. Lo curioso es que yo cobro poco y no me alcanza, por lo tanto pregunto como es la escala salarial en êste caso de las empresas que prestan servicio de porteria? gracias por su tiempo y espero su respuesta soy de salta capital, espero tener mas contacto con ustedes
LILIANA DE LANUS |
Hola quisiera saber sobre la categoria y el sueldo de una señora que se encarga de repartir la correspondencia y limpia el edificio solo 3 o 4 horas de lunes a sabado. que se debe hacer para ponerla en blanco y cuanto es el sueldo que se le debe pagar, muchas gracias
Teresa Lopez |
Si un portero, intenta agredirme o intenta hacerlo siempre que le encargo una minima tarea provocandome por lo que sea, donde puedo aplicar una denuncia ? o como puedo proceder, ya que soy la administradora? . El está apañado por propietarios que lo tienen muy bien visto por que los socorre con tramites o desperfectos infimos del departamento. Hoy me amenazo con un destornillador por que le pedi que ponga un tornillo. Muchas gracias , espero una respuesta. Atentamente : Teresa
Matias |
El portero de mi edificio que tiene vivienda de 2 amb llevo a vivir alli a su novia + 2 hijos de ella por lo que en un espacio de 40 mts2 viven 5 personas. El adm dice que no se puede hacer nada para sacarlos. Mi pregunta es si el portero no esta en falta con el art 23 de la convencion colectiva de trabajo 378/04 donde en resumen dice: "... estandole prohibido darle otro destino ni albergar en ella, aunque fuera transitoriamente a persona extrañas al nucleo familiar...."
MARETTO ROSA ENRIQUETA |
Necesito la liquidacion del mes de noviembre de la jubilacion nacional de Rosa Enriqueta Maretto CUIL: 27-02745158-1 y de Jose Hugo Sancvhez CUIL: 33-63761744-9, los necesito porque ellos perdieron su Dni y tengo que esperar para ue me llegue la autorizaciion gracias
Mercedes |
Querria saber, si existe obligacion de dar vivienda al hoy "encargado no permanente" en mi edificio, de 24 unidades sin servicios centrales- En caso de ser posible, se puede alquilar el departamento del encargado a otra persona?
gabriel |
Hola...tengo una pregunta sobre la vivienda del encargado.Soy encargado de edificio hace mas de 13 años,de los cuales 10 estoy con vivienda,hace un par de años atras me entere que dicha vivienda "no es lo que me corresponde"por no tener ni la minima superficie para serlo,no cuenta con ventanas,patio o balcon.! tengo el calefon dentro de la habitacion donde dormimos con mis dos hijos menores,gran cantidad humedad,lo cual le trajo problemas a mi hijo menor,la cañeria de gas esta por fuera de las paredes ...en concreto .tengo la posibilidad de reclamar,sin que se ponga en juego mi trabajo..? desde ya muchas gracias.!
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Me parece que seria lo usual hablarlo con el encargado y hacerle pagar los gastos de gas, solamente hay que hablarlo. Me parece que los comentarios de que si se compraron o no tal electrodomestico,a q hora lo usa, a que hora tal otra... ya es demasiado!!! . La gente que esta mirando lo que hace o no de puertas para adentro en su casa,queda como dije ''en puertas adentro'' , a usted nadie la controla que hace en su casa,a que hora cocina ,etc... Solamente con hablar y arreglar el monto de gas que puede gastar un encargado en un mes,y ponerle un tope, que lo demas lo pague el encargado. Como siempre los encargados tienen problemas con las señoras mayores que viven solas o con su marido, y lo unico que hacen es meterce en la vida de los demas,y señoras asi hay en todos los edificios. La solucion es hablarlo sra o sr( q no creo que sea señor, por q estos ''problemas'' son siempre exagerados por mujeres de la 3 edad.)
Patricia |
Hola Gladys: Como encaragada de edificio le digo que no solo su encargado es un inútil, el administrador también lo es. Los dos incumplen con sus obligaciones, porque tenga en claro que ambos son empleados del consorcio. El Libro de Ordenes es uno de los cinco libros obligatorios del Consorcio, junto con "El Libro de Actas", "El de Sueldos y Jornales", "Libro de Administración" (para asentar el movimiento económico del consorcio)y el "Libro de Conservación de Ascensores". La obligatoriedad del libro de Ordenes, surge del Art. 25 de la Ley 12981, debe estar foliado y rubricado. En él se asientan todas las obligaciones y las órdenes del personal firmadas por el Administrador (solo él puede impartir órdenes), el encargado se notifica firmando al pié y si le expide copia escrita de dichas órdenes. Puede efectuar descargo ante incumplimiento por causa justificada. Aquí constan las sanciones aplicadas al personal, elemento probatorio en caso de despido con causa justa. Exijan al administrador a que cumpla con su trabajo y si no lo hace lea en el reglamento de copropiedad de su edificio como deben hacer para despedir al administrador porque asi no les sirve para nada. Saludos Patricia
Patricia |
Soy propietaria y desde hace dos años encargada del edificio en el que vivo(10 pisos, 4 deptos. por piso). Entiendo las broncas contra los encargados porque he estado en la misma situación. Creo yo que hay varios factores que se conjugan para que estas cosas pasen, primero está la responsabilidad individual hacia el trabajo y por otro lado la connivencia (curros) entre el encargado y el administrador o algún miembro del consejo. En cualquier empresa, ante el primer problema uno es sancionado y puede ser despedido si se reitera ¿verdad?. Sin embargo veo que muchos dicen que con el encargado no es tan simple ¿por que no?. Como encargada tengo que cumplir con mis oblicaciones porque existe un "contrato" laboral por así decirlo y como en cualquier contrato, el incumplimiento por alguna de las partes da la nulidad del mismo, no es tan complejo. Existe un libro de ordenes donde deben anotarse las faltas del trabajador y deben ser firmadas por éste este libro debe estar rubricado y es documento suficiente en caso de despido, si bien en mi edificio no existe, yo sé que el edificio tiene que brillar, y tiene que brillar porque además es mi casa, los otros que viven ahí son mis vecinos y no me daría la cara incumplir con ellos que además pagan mi sueldo ( también pago mis expensas), es una cuestión de "ganas de trabajar", de hacerlo bien y con una sonrisa para todos aunque ese día me duela lo que me duela. Antes teníamos encargado y ayudante y el edificio daba asco, ahora estoy sola. Sepan todos que el encargado tiene obligaciones y entre ellas está el trato bueno y amable. Tiene OBLIGACIÓN de entregar la correspondencia, si bien no es así cuando se trata de una Cédlula Judicial, pero todo pasa por un poco de buena voluntad. En la página del SUTERH, en la parte de "GREMIALES", estan todas las obligaciones leelas. Por otro lado, EL ADMINISTRADOR (otro karma) es otro empleado más del sonsorcio y tiene LA OBLIGACION de atender cualquier reclamo de un propietario, es él el responsable de que exista ese famoso libro y como propietarios tienen el derecho de exigirle que cumpla con su deber que para eso se le paga. Saludos Patricia
HUPPI MARIA CRISTINA |
ME PUEDEN ASESORAR DONDE TENGO QUE TRAMITAR EL LIBRO DE ORDENES? MUCHAS GRACIAS!
EL ABOGADO DE LOS DOS |
Mirá, el encargado no está 4 horas trabajando El edificio tiene más de 53 unidades funcionales y como 19 cocheras. Se la pasa trapeando sin parar, limpiando vidrios y atendiendo un montón de cuestiones del edificio, que vos bien sabés que Uds. son bastante SUCIOS, además de otras cosas. Digo otras cosas porque siempre le pegan carteles al encargado y a su ayudante permanente (que es la mujer del encargado). A pesar de que LA ADMINISTRACIÓn le negó la relación laboral, nosotros la vamos a probar en juicio. De esto hasta la Administración está segura, tanto como su abogado, ya que han comenzado a juntar un fondo que le gan llamado "FONDO DE JUICIO" por un importe mensual de $4000 aproximadamente. Es deir, en breve recibirán la demanda de la ayudante permanente (esposa del encargado). El aire acondicionado anda joya, pero ustedes les roban la luz para hacer funcionar las bombas elevadoras de agua y la luz del palier de arriba y también otros artefactos iluminarios que tienen en terraza y lugares comunes. Además la mujer del encargado NO COCINA PARA AFUERA, que tegna una cocina de 6 hornallas, no tiene que ver con eso, sino con una cuestión de comodidad. POR FAVOR DEJEN DE HOSTIGARLOS que el Sr. Encargado tuvo un contratiempo de salud y ahora tienen que andar contratando servicio por horas. Además de la demanda por accidente laboral que se van a comer. Un gran saludo, el equipo de abogados de los sres.
leonardo crivelli |
por favor me pueden dar algun telefono para denunciar todo lo que mi encargado esta viviendo gracias
maria noel |
me dijo el administrador que el salario familiar no lo paga mas el empleador sino directamente el anses,en el anses me dicen q si el bruto de mi recibo de sueldo pasa los 4mil pesos no corresponde que me paguen el salario por hijo,estoy seguro que esto es incorrecto,por eso pido por favor su asesoramiento,desde ya muy agradecido.
Pablo Borsani |
Buenas tardes agradeceré me informen si esta dentro de las atribuciones del administrador nombrar nuevo encargado tras la jubilación del anterior y darle vivienda aduciendo que esta a prueba por tres meses, además de no haberle realizado ningún examen de salud ni llamar a reunión de consorcio para que sea elegido por la mayoria. El edificio se encuentra en La Costa por esta razón parte del año sin la mayoría de propietarios que lo habiten, quien va a ser la persona que dirá si estos tres meses fueron o serán a satisfacción o no "el administrador ??". Este señor encargado tiene un mes mas en prueba pero ya esta ubicado en la vivienda que posee el consorcio para tal fin y por lo que se puede apreciar además de no estar compenetrado en las labores de limpieza tiene mal trato con la gente. Que se puede hacer al respecto para no tener que llegar a tomar la decisión de vender la propiedad para liberarme del problema. Agradezco de antemano su amable respuesta, saludos Pablo
pablo |
hola estoy queriendo saber lo siguiente tenemos un encargado de lunes a sábado hasta el mediodía y el sábado por la tarde y el domingo hay otro encargado el cual viene tan solo para sacar la basura el domingo y " limpiar por la mañana" . lo cierto es que últimamente se esta haciendo muy complicado ya que su sueldo y los aporte hacen un numero importante a la hora del pago de las expensas y nos estamos planteando rescindir sus servicio, si bien es justo que se le pague todo lo que corresponde el edificio no cuenta con dicha suma y para colmo al un dpto. que esta en juicio por la amplia deuda que tiene. Como se puede hacer para negociar con el encargado o que arreglo uno puede hacer para que el reciba todo lo que corresponde pero si dejar de pagar los gastos del edificio. Ya que tener dos encargados encarece los costos y se ase imposible cobrar las expensas a tiempo. Cordialmente Pablo
teresita |
el 20 de septiembre se termina mi licencia por mmaternidad y comienzo a trabajar y mi pregunta es si el articulo 27 me abona la mitad de mi sueldo o no me corresponde
leonardo |
esta mas que claro, pagar el sueldo a un administrador que no cumple, es culpa de los propietarios , con un buen administrador te aseguro que el encargado cumple, si o si , bien su tareas. en mi consorcio, paso asi .
Usuario Anónimo |
me llamo martin tengo 28 años y quisiera saber en donde puedo dejar mi cv para trabajar en una porteria,muchas gracias.
Usuario Anónimo |
marcos por lo menos lo leiste.mi intencion no es insultar yo soy encargado y no soy como lo describen ustedes pero yo se que los hay a mi de una o otra forma hay una que es re falza pero el resto no yo no se porque todos no somos asi yo no coicido con el sindicato porque pasan los años y algunos se vuelven forros y a mi me parese que no es asi como hay propietarios que tambien son asi
Usuario Anónimo |
si el encargado ,tiene que llamar al del ascensor,plomero,elextricista,etc,etc,etc que hase señales de humo yo no digo pagarle todo el telefono pero si los llamados correspondiente al edificio.a mi me los pagan pero estos propietarios son gente de bien como yo no hay tongos ni miserables por eso nos llebamos bien no tengo quejas de ellos a mi ni yo de ellos.
Usuario Anónimo |
lo que pasa que escrio un encargado. y lo de maniana un propietario se ve que somos iguale. gracias por corregir pense que ivan a demorar en darse cuenta cayeron jajajajaj
Marcos_ar |
Che, ya que estamos en esto de corregir (que bien viene, por cierto, ya que hay gente que escribe tan mal que parece que lo hace a propósito), recibir se escribe con C, es decir "recibirla". ;) (Ello sin perjuicio de los acentos faltantes...)
Usuario Anónimo |
se escribe mañana (maniana), se escribe años no (anio)la correspondencia carta documento no tiene obligacion de resibirla las otras si
Usuario Anónimo |
en nuestro consorcio pasa exactamente lo mismo,lo mejor que podes hacer es denunciarlo, y difundir la informacion
Usuario Anónimo |
ESTAMOS EN LA MISMA SITUACION LO QUE ME DIJERON ES QUE EN EL LIBRO DE ORDENES DEBEN ASENTASE LAS TAREAS DEL PORTERO, CADA FALTA, EGUN LO QUE CDECIS SON MUCHISIMAS, SE ASIENTA AHI, ESO LO HACE TODO EL ADMINISTRADOR, SE LO PUEDE SUSPENDER. y TAMBIEN ME DINERON QUE SI LO DESPEDIS CON JUSTA CAUSA NO SE LE PAGA ANTIGUEDAD, ESTO ME ENCANTO, LO QUE SÍ HAY QUE INFORMARSE BIEN CON UN ABOGADO LABORAL DE CONSORCIOS, NO OLVIDEMOS QUE SON TRABAJADORES ESTRELLAS Y NO ESTAN BAJO LA LEY LABORAL DE ARGENTINA.
nestor |
VIVO EN UN EDIFICIO DE CAPITAL FEDERAL ES UN EDIFICIO DE 3 PISOS Y ESTOY CANSADO DE LAS FALTAS DE RESPETO DEL ENCARGADO,NO ME ENTREGA LA CORRESPONDENCIA(INCLUSO UN AVISO DE CARTA DOCUMENTO),ME QUISO AGREDIR FISICAMENTE Y CON INSULTOS,PERO SIEMPRE LO HACE SIN TESTIGOS,NO USA UNIFORME,NO SE LO VE NUNCA EN EL EDIFICIO Y SE LA PASA TODO EL DIA EN UN GIMNASIO,LO UNICO QUE HACE LIMPIA UN POCO LA VEREDA A LAS 8 DE LA MANIANA;HABLE CON ESTO CON LA ADMINISTRACION DEL CONSORCIO Y ME DICEN QUE SI LO DESPIDEN HAY QUE PAGARLE MUCHO DINERO POR INDEMNISACION,ES QUE EL ATORRANTE HACE MUCHOS ANIOS QUE ESTA;AHORA PREGUNTO COMO SE HACE PARA DESPEDIR A ESTE INUTIL DEL EDIFICIO?
lucas |
Hola mi nombre es lucas y estoy buscando empleo en la porteria de algun edificio preferentemente en la zona sur (quilmes o alrededores)tengo 20 años, cuento con conocimientos de mantenimiento y disponibilidad horaria dejo mi mail para los que me puedan brindar una respuesta [email protected] gracias!!
Usuario Anónimo |
el telefono del encargado no es pagado x los consorcistas lo son la luz y el gas si fue asi contratado
Usuario Anónimo |
la vivienda del encargado solo se puede alquilar con el 100% de los consorcistas de acuerdo no hagan macanas, informense primero
Usuario Anónimo |
Quisiera saber cómo hacer para reemplazar al administrador actual, ya que no cumple con sus funciones como tal, no contesta llamadas ni notas enviadas por fax de los miembros del consejo. No cumple con lo estipulado en las asambleas (por ejemplo, presentar comprobantes mensuales de gastos). Y deja muchas dudas respecto de su desempeño. Cómo podemos hacer para despedirlo y reemplazarlo?? Gracias
Usuario Anónimo |
Buenas tardes, queria comentar aqui que, el consorcio donde vivo recibio una intimacion del SUTERH reclamando los aportes y contribuciones del personal de seguridad el cual brinda una empresa externa que contratamos la cual aporta su correspondiente sindicato. Este comportamiento es lisa y llanamente una extorsion ya que de no contestar la intimacion la misma se convierte en titulo ejecutivo y por ende podra embargarse el consorcio. Ante esto, quien nos ampara ?
Llanero Solitario |
El encargado tiene 30 días para desalojar la vivienda, si no se quiere ir hay que hacerle un juicio de desalojo. Además de la denuncia criminal por usurpación... Es de terror.
Usuario Anónimo |
Hola, mi esposo hace 6 meses esta trabajando como encargado, pero aun no le entregan la casa porq el encargado anterior no se quiere ir, ya que se considero despedido sin causa alguna. Se inicio juicio por desalojo en noviembre del 2007, paralelo al reclamo de la indemnizacion por la otra parte, el juez al no econtrar solucion paso el caso a la fiscalia. Actualmente los abogados dicen que deben esperar la contestacion del fiscal, ncesito una opinion del caso, ya que el encargado anterior aparte de usurpar la vivienda, como lo nombraron los abogados, abusa de toda confianza, ya que entra a la bauleras, abre los buzones, etc, etc,etc. Saludos cordiales Nancy
Usuario Anónimo |
Tengo una consulta, si la mayoria de los consorcistas quieren despedir al encargado, pero la indemnización es importante y algunos propietarios no pueden pagarla, que se hace en estos casos? Gracias
Vera |
HOLA! LA VERDAD ES QUE NO PUEDO CREER TODO LOS COMENTARIOS QUE LEI, EVIDENTEMENTE HAY GENTE QUE NO AGRADECE EL TRABAJO QUE TIENE, MIENTRAS OTRAS PERSONAS COMO YO ESTAN BUSCANDO UNO DESESPERADAMENTE PARA VIVIR CON MAYOR DIGNIDAD EN LOS TIEMPOS QUE CORREN. MI NOMBRE ES ANA MARIA, TENGO 52 AÑOS, SEPARADA, CON DOS HIJOS MAYORES QUE NO VIVEN CONMIGO, Y TENGO LA NECESIDAD DE ENCONTRAR UN TRABAJO DE PORTERA, EN LO POSIBLE CON VIVIENDA. HASTA EL MOMENTO HE TRABAJADO EN FORMA INDEPENDIENTE CUIDANDO PERSONAS MAYORES O REALIZANDO TRABAJOS DE PODOLOGA (QUE ES MI PROFESION) PERO ESTO NO ME PERMITE UN INGRESO MENSUAL PARA ABASTECER LAS NECESIDADES BASICAS COMO ALQUILER, SERVICIOS, ALIMENTACION Y OBRA SOCIAL, POR LO QUE ME VEO EN LA OBLIGACION DE BUSCAR ALGUN TRABAJO MAS ESTABLE, Y POR ESO ES QUE RECURRO A ESTE MEDIO Y SOLICITO A QUIEN PUEDA AYUDARME. SI ALGUIEN TIENE LA POSIBILIDAD DE OFRECERME UN TRABAJO DE PORTERIA EN CAPITAL FEDERAL Y CON VIVIENDA, NO TIENE MAS QUE COMUNICARSE CONMIGO A ESTE MAIL. DESDE YA LE ESTARE SUMAMENTE AGRADECIDA.
pedro aguilar |
Vivo en la zona de la boca en un edificio donde el portero no tiene una vivienda asignada, desde hace unos meses una propietaria tomo el lugar del portero anterior, y mi pregunta apunta a ello puede un propietario ser portero de su propio edificio cuando al hacerlo crea conflicto entre los mismos propietarios, es esto legal o tengo algún medio como para poder reclamar para que esto no ocurra, aclaro que fue puesta a dedo sin consentimiento de la totalidad de los propietarios o por lo menos la mia. Agradeciendo su respuesta los saludo atte.-
Usuario Anónimo |
la encargada del edif.fue tomada por el administrador anterior, vive con su esposo y su unid, consta de cocina comedor y baño en plata baja y dormitorio arriba (especie de duplex) ahora solicita se le den mas m2. al lado hay otra habitacion que se usa para las suplencias, vive alli desde hace 16 años.¿hay que hacer lugar a su pedido.espero respuesta. gracias
Usuario Anónimo |
En mi edificio el encargado y su familia tienen asignada vivienda. Es un departamento C igual al que poseen los demás consorcistas, de dos ambientes, interno. Allí viven seis personas. No entiendo por qué el consorcio debe pagar los gastos de luz y gas del encargado, siendo que estos son servicios de consumo INDIVIDUAL, ¿no deberían pagarlos ellos? La mujer del encargado cocina para afuera y las facturas de gas son superiores a las de consumo normal. En cuanto a las de luz, a fin de año instalaron un acondicionador de aire que tienen día y noche encendido. Si esto está establecido por la ley que los protege, entiendo que no se adecua a la realidad. Si los servicios son de consumo individual no deberían ser soportados los gastos por el consorcio. Bastantes privilegios tiene ya este señor, y trabaja neto cuatro horas por día, porque luego de esas horas se va para su departamento y a la tarde está parado en la puerta de calle charlando con la gente que entra o sale o pasa por la vereda, hasta que llega la hora de recoger la basura y se terminó la "agotadora" jornada laboral. Gracias.
PepeLuis |
La vivienda del Encargado es parte común del edificio y su utilización corresponde decidirla a los integrantes del consorcio segun las mayorias requeridas por el Reglamento de Copropiedad. Es absoltamente legal alquilarla y los comentarios en contrario revelan ignorancia o mala fé. Los hechos demuestran que cada vez mas se utilizan las porterías para alquilarlas y mediante ese ingreso reducir el monto de las expensas. Solo basta recordar el principio jurídico que que todo lo que no está expresamente prohibido está permitido.
Usuario Anónimo |
la vivienda del encargado no se puede vender ni alquilar por nada,está exenta de impuestos.en caso de que el encargado no viva en la porteria se usará para uso del consorcio como reuniones,para guardar elementos de limpieza,etc.recuerde:de ninguna manera se vende o alquila.
Usuario Anónimo |
Hola,una pregunta, cuantos m2 debe tener la vivienda del encargado, se puede ampliar la vivienda?
Usuario Anónimo |
La comisión de un consorcio es meramente un organo consultuvo. la experiencia dice que siempre son aquellos revoltosos y muy pocos los que se interesan por el consorcio (casi siempre encubren intereses personales). Claro que Ud. puede y debe participàr, nadie se lo puede impedir, aunque sus expensas no estén al día, pues mientras el departemento sea suyo y no se lo hayan rematado sigue estando en cabeza del titular, que en este caso es el propietario, solo cambia cunado una sentencia judicial así lo determina o si se vende la unidad o se traspasa bajo la forma jurídica que se elija. TIENE QUE QUEDAR CLARO QUE TODOS SON DUEÑOS, HASTA TANTO LOS TITULO NO DIGAN OTRA COSA Y EN CONSECUENCIA TIENEN DERECHOS Y OBLIGACIONES. Hay que informarse con gente seria y conocedora, no con tanto chanta que anda dando vuelta para colgarse de alguna punta.
olinda yrene paredes vasquez |
ya hace tres meses ya voy para el cuarto mes, estoy haciendo suplencias de porterias en edificios, trabajo seguido en diferentes edificios ,en mis recibos de sueldo tengo todos los descuentos de un portero estable, y mi inquietud es saber si mis aportes estan registrados mi cuil es 27-94014440-5
Usuario Anónimo |
Por el momento hay un encargado con vivienda quien esta a punto de irse, y el consorcio quiere poner encargado sin vivienda, me dijeron que lo ideal es que sean dos por Ej de 7 a 15 y de 15 a 22 y de 22 a 7 personal de vigilancia, ¿es posible? Y de esa manera ¿cuales serían los sueldos? Por favor que alguien me responda con asertividad.
Cristina Ramos |
La encargada de mi edificio trabaja y cobra por cuatro horas diarias, de lunes a sabados,de ese horario, tres horas las usaba para limpieza de 8.30 a 11.30hs. y se dejaba una hora para el retiro de residuos aprox. a las 20hs, no se en que categoria esta....pero es s/vivienda, y nuestro edificio es chico sin servicios centrales ni cocheras, son 19 unidades en total En mi liquidacion figura lo siguiente: Haberes encargada setiembre -Neto $879.80 Antiguedad 15 años (1/3/92)- Neto $172.50 Retiro residuos-Neto de $42.50 Aportes y contribuciones-agosto (96.11% "A"+ 3.89% "B". A traves del administrador (en quien no confiamos)...nos informan que la encargada ha manifestado su deseo de renunciar al retiro de los residuos, lo cual resulta viable en razon de que tal servicio se le abona por medio de un "plus" ???, independientemente de sus haberes fijos de Convenio.... Por favor si me pueden contestar mi duda: esto es licito? Ella puede renunciar a esto? No lo haran para luego hacernos un juicio por haberles restado parte de su salario???? Desde ya muchas gracias Cristina.
Ines |
QUISIERA SABER SI EL ADMINISTRADOR PUEDE DESIGNAR A LOS PROPIETARIOS PARA FIRMAR EL ACTA EN ASAMBLEAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS. TAMBIEN QUISIERA SABER SI NO HAY CUORUM EL ADMINISTRADOR SIGUE EN SUS FUNCIONES POR UN AÑO MAS, CUAL ES EL PORCENTAJE DE COPROPIETARIOS OBLIGATORIO PARA CAMBIAR LA ADMINISTRACION?. MUCHAS GRACIAS INES
Osvaldo |
Si un portero, intenta agredirme o intenta hacerlo provocandome por lo que sea, donde puedo aplicar una denuncia ? o como puedo proceder, ya que la administracion no le da mucha importancia a este tema.- Puedo hacer algo ? Gracias
SILVIA |
El edificio tiene 15 unidades y no hay encargado ni portero, cada 15 dias la obligacion de la limpieza esta a cargo de una unidad. Mi pregunta es la siguiente: deberiamos anotar en el suterh a la/s persona/s que limpian? aunque trabajen 3 horas semanales? Gracias
Usuario Anónimo |
como debe hacerse para que,habiendo hecho el reclamo mediante carta documento al consorcio y en asamblea habiendo expuesto el problema de insultos solapados, sin testigos, hacia un propietario.dado que lo hace sin testigos y esta protegido por rl consejo de administracion
Giselle |
Que tal? necesito hacer varias consultas, mi encargado no hace NADA, no barre, no limpia, no saca la basura, no se pone la vestimenta apropiada para trabajar (y se la compra 2 o 3 veces al año pero igual no la usa), no ayuda ni a las viejas a llevar las cosas del supermercado, es un cretino y no hay forma de pararlo, siempre dice q esta enfermo, o depresivo o le duele la uña del dedo chiquito. Se mato un señor en el edificio, el siendo encargado con vivienda NO DEBERIA HABER IDO A DECLARAR?? le hecho el problema a la sra. q esta solo 4 horas haciendo lo q el no hace!!! y la policia lo llamo un monton de veces reclamando su presencia en la comisaria. Diganme q hago con un tipo asi??? ayudenme con algo!! q se hace!?? ustedes siempre defienden lo indefendible!! pero esto ya es el colmo!! Espero su PRONTA respuesta. ATTE. Giselle
sebastian |
hola mi pregunta es si me pudieran informar cual es el codigo de actividad de un encargado permanente con vivienda?desde ya muchas gracias y espero su respuesta
BEATRIZ LENZUEN PECORA |
A QUIEN DEBO DIRIGIRME: MI PAPA ESTA MUY ENFERMO, YA TIENE LA EDAD Y LOS AÑOS CUMPLIDOS PARA JUBILARSE, ENTREGO SU DOCUMENTACION EN EL SINDICATO DE SUTERH, YA QUE EL ES ENCARGADO SIN VIVIENDA PORQUE LE OFRECIERON AHI HACERSELA, PERO DE ESTO HACE YA 1 AÑO Y EL SR. QUE NO SE SU NOMBRE SIEMPRE LE DICE : SI SU HIJA QUIERE SABER EL ESTADO DEL EXPEDIENTE TIENE QUE ENTRAR EN EL ANSES A "GERENCIA DE CANALES ALTERNATIVOS" DESDE YA MUCHO YO NO SE DE COMPUTACION , PERO LOGRE ENTRAR SOLO QUE PIDEN UNA CLAVE QUE SOLO LA TIENE EL QUE LA INICIO(SUPUESTAMENTE)O SEA LA GENTE DEL SINDICATO, PERMITANME DUDAR PERO ME PARECE QUE A MI PAPA LE METIERON UNA VEZ MAS EL PERRO. FUI A AVERIGUR AL ANSES PERSONALMENTE Y ELLOS ME DICEN QUE NO EXISTE TAL EXPEDIENTE, MI PAPA VOLVIO A ESTE HOMBRE Y EL INSISTE EN QUE TODO MARCHA BARBARO Y QUE LE SALIA EN MAYO /JUNIO DE 2007 E INSISTIO EN QUE YO ENTRE POR INTERNET CON EL Nº DE DOCUMENTO DE MI PAPA , COSA IMPOSIBLE. ESTOY DESESPERADA PORQUE SI NOS HIZO PERDER 1 AÑO ESTANDO MI PAPA TAN MAL QUE YA TENDRIA QUE HABER DEJADO DE TRABAJAR , ES UNA MALDAD TOTALMENTE GRATUITA. POR FAVOR CONTESYENME YA HE MANDADO MUCHOS MAIL AL ANSES Y NADIE ME CONTESTA ¿QUE DEBO HACER? SI NECESITAN LOS DATOS DE EL SE LOS DARE CUANDO USTEDES LO REQUIERAN . MUCHAS GRACIAS- BEATRIZ LENZUEN
CS |
queremos remover judicialmente con causa porque no logramos los 2/3 que establece elreglamento.No cumplio con sus olbigaciones. que costo tiene para el consorcio? debemos indemnizarlo? como juntamos pruebas? Se les ocurre alguna forma de reunior lasmayorias? gracias
GLADYS |
Buenas tardes, me gustaría que alguien me informe si el administrador de un edificio tiene la obligación de hacer cumplir las tareas que debe realizar el encargado. En el edificio donde yo vivo el encargado hace lo que le parece y no cumple en lo más mínimo con lo que se le estipuló en el libro de órdenes. Ahora yo me pregunto para qué tenemos un libro de órdenes si el administrador tampoco lo hace cumplir? Estoy bastante cansada de tener que pagar un sueldo a una persona tan incompetente, además en varias oportunidades ha faltado el respeto a los propietarios que formaban parte del consejo de administración cuando se le sugería como debía realizar las tareas y el administrador no hizo nada al respeto. Qué se puede hacer?
Usuario Anónimo |
Hola, el administrador debe presentar una rendicion de cuentas, o en algunos casos contratan auditorias. Pero lo del presupuesto en este pais ya no se puede poruqe cambian todos los meses de aprotes , gastos y demas. Saludos
Usuario Anónimo |
Todos esos datos los tiene el adiministrador, puede solicitarlo plenamente , y si en su edificio hay consejo de administracion esa info la deben dar. La vivienda del portero salvo que una asamblea cambie el destino , debe ser usada solamente en caracter de vivienda por el portero y su grupo familiar. Y en la ley de contrato de trabajo , en la 1351 y en el suterh , y en su reglamento de copropiedad encuentra todos los datos que necesita , suerte
Usuario Anónimo |
Hola, hasta donde yo se , te conviene hacer un "estilo de contrato no oneroso" para que quede bien claro que va a pagar cada uno , y demas. Saludos
Usuario Anónimo |
Por lo que tengo entendido , no puede vender la vivienda del encargado por mas que tengan el 100 % de los votos. Pero si lal pueden alquilar como hacen varios edificios de la capital. Además por mas que sean 5 unidades , no les conviene venderlo sino alquilarlo , ya que nunca se sabe con que se va a salir el gobierno o el sindicato, si se les ocurre que con mas de 4 unidades tiene que haber encargado con vivienda y uds lo vendieron que hacen? Vende alguno de uds su depto para poner un encargado. Les conviene mucho mas el alquiler y despues esperar a lo que pasa en la Argentina , suerte
Usuario Anónimo |
Hola , en la anses te pueden asesorar mucho mejor, pero lo primero es un abogado laborista que trate de ver, se que algunas domésticas con aportes ( menos de 5) se esta jubilando con el plan que dio el gobierno. Saludos y suerte
Usuario Anónimo |
Hola , por lo que tengo entendido en usos y costumbres de cada edificio. En el nuestro a cada portero se le entrega la vivienda en condiciones(pintada, cerámicos etc), si con el paso del tiempo la descuido es un problema del encargado , ahora si el descuido es del edificio se hace cargo este último. En cuanto a los servicios depende de que servicio hablamos, aca el telefono se lo paga en forma particular y el agua , mcba lo paga el edificio , ahora si el quiere dejar la luz de la porteria todo el dia , la paga él. Saludos y suerte
Usuario Anónimo |
Hola, antes que nada lamento lo de su perrita. Pero mi pregunta va mas allá , si había "robado" en otros departamentos como no se habían enterado????????. Y desde cuando es obligatorio dejarle la llave al portero si uno no lo conoce? Es lo mismo que pase alguien por la calle y porque se lo ve honesto se le da la llave. Los arreglos , y servicios se deben realizar en las horas que estan los propietarios , asi como tambien el día sábado . En nuestro edificio es así. Y en cuanto al portero , no se como funcionara en ese edificio pero en los que conozco uno sabe vida y obra de las personas que tienen empleadas con certificados de buena conducta en alguno de ellos,y en otros con denuncias penales tambien asentadas. Por lo que considero obligación de cada persona que esta en un edificio saber con quien convive , en cuanto a una resolución legal un abogado los puede asesorar , saludos y suerte
Paula |
Sobre el tema al que te referís, del encargado de 70 años, fijáte el artículo que está acá: http://www.ligadelconsorcista.org/node/836 que te puede ser útil. Saludos.
patricia |
Hola, quisiera preguntarles que pasa cuando un Encargado de Edificio tiene 70 años y no tiene los años de aportes, que en este caso son solo 8 años. No hay alguna forma de solicitarle se jubile. No me parece un tipo de tareas adecuado para esa edad??? que implicancias legales puede tener el consorcio de instarlo a jubilarse. Gracias
Usuario Anónimo |
El motivo de la presente es comentarles que en nuestro edificio no tenemos servicios centrales y tenemos dos encargados (titular y ayudante) en tercera categoría. queremos saber cómo podemos hacer para recategorizarlos, ya que según tenemos entendidos, deben ser de cuarta categoría. sus sueldos básicos, al mes de abril, son: Ayud. perman. sin vivienda : $ 1213.- (neto final $ 1271) Encarg. perman. con vivienda: $ 1083.- (neto final $ 1879) muchas gracias.
vanina |
quiero hacer llegar una denuncia hacia el portero de mi edifcio.esto esta hacentado en la comisaria 30 de barracas,todas las deuncias,y mi caso ya fue al juzgado.buen,yo le he dejado las llaves de mi dto al portero para que me arregle una perdida de gas de la cocina.era la unica persona que tenia las llaves de mi dto.el 10 de abril a las 19 hs me retiro de mi domicilio con mi marido e hijos menores,dejando a mi pareja de perritos caniches,a las 22 hs cuando volvemos estaba mi perrit llena de sangre y toda la casa ensangrentada y con un metro de intestino afuera,la llevo a su veterinaria pensando que podia llegar a estar embarazada y habia perdido los perritoslla me dice quela tiene que operar cuando la abre estaba toda reventada por dentro y le salia el intetino por la vagina,luego falleciendo.ella me dice que fue violada o le pusieron algun elemento que la revento toda.despues me he enterado que este portero en qy¡uien confiaba habia robado en todos los dtos que tenia llave y acosado sexsualmente a chicas y mujeres del edificio.hoy el sigue a cargo de su trabajo frente a 40 familas las cuales hemos cambiado las cerraduras y estamos viviendo con panico de loque pueda volver a pasarnos.supuestamente la justicia estara esperando que haya otra muerte o pase algo peor,quien nos ampara a todos nosotros.gracias
susa espinoza |
me gustaria saber si hay alguna novedad de la pension que mi compañera. estela gutierrez hace 10 años pidio ayuda porque tiene una nena con problemas especialesse llama noelia estefania martin DNI38711901 porfavor se lo suplico que la puedan ayudar ella ya bajo los brazos por tanto esperar pero yo todavia tengo una esperanza soy de la ciudad de esquina provincia de corrientes cualquier novedad ya le di mi correo desde ya muchas gracias
Usuario Anónimo |
EN QUE CONDICIONES DEBE ESTAR LA VIVIENDA DEL ENCARGADO, LO GASTOS DE ESE DEPTO.DEBEN SER PAGADOS POR LOS HABITANTES DEL EDIFICIO? MI MARIDO ES ENCARGADO Y LE ESTÁN OBLIGANDO A PAGAR LOS SERVICIOS.. Y NO ES CORRECTO.. LA VIVIENDA ES DEPLORABLE. CONSEJOS .. ?
Juan Artizábal |
Deberías averiguar el trámite en la sede de Anses más cercana a tu domicilio, ya que hay una pensión por edad avanzada, pero me parece que si tu mamá tiene 60 años le faltan algunos más para acceder a ese beneficio. La otra sería iniciar la jubilación, aún sin aportes, pero eso también lo tenés que averiguar en Anses, o a través de un gestor. Saludos y suerte con el trámite, Juan
Usuario Anónimo |
Mi madre no tiene jubilacion ni pencion, trabajo toda su vida empleada doméstica sin aportes. Hoy va cumplir 60 años tiene el 70 % de discapacidad, sin obra social, ni sueldo ni nada. Sigue en pie el poder gestionarle una pencion o jubilación?? POR FAVOR ME RESPONDERIA'?
webmaster |
Estimado Pino, Puedes consultar gratuitamente en forma telefónica de 9 a 11 horas, de lunes a viernes al 4816-5111 o al 4811-9836, o en su caso solicitar entrevista personal. Cordialmente, Lidia Dalvano Liga del Consorcista On Line
Pino |
Buenas,yo tengo una propiedad y tengo que estar por un tiempo fuera de ella,ya que voy a tabajar fuera un año, yo he dejado a una amiga a cargo de ella para que me la cuide ypueda estar mis perros, ya que A la vivienda que voy no me permite tener animales,estoy actuando de buena fe, y lo que no me quiero equivocar y me gustaria que me dijeran y despues esa persona puede adquirir algun derecho sobre mi propiedad? tendria que hacerle algun escrito ante algun abogado para concretar que ella va vivir en mi casa y conmigo durante un periodo de tiempo?que mis hijos estan en el derecho y yo de entrar en mi casa cuando quiera? esa es mi duda ya que yo vendria cada dos semana un fin de semana a mi casa y mis hijos vinieran cuando ellos quisieran, esa es mi duda quisiera que por favor me informaran para yo poder hacer las cosas bien ya que ella ya vive conmigo y tengo que irme dentro de una semana. Agradeciendole su respuesta Pino
ALBERTO |
EL ENC TIENE ASIGNADA 4 HORAS EXTRAS, PERO DEBIDO A QUE YA NO SON NECESARIAS, SE RESUELVE BAJAR A 2 HS. ANTE ESTA SITUACION EL ENC AMENAZA DENUNCIAR AL GREMIO PORQUE ADUCE QUE NO SE LE PUEDE QUITAR NI RESTAR HS. TIENE RAZON? ALBERTO
Esteban |
Hay mucha discusión sobre el tema del alquiler de la vivienda del encargado. Hay quienes dicen que sí, pero con la unanimidad. En mi consorcio también queremos hacer eso, claro que somos un PH de 5 unidades (curiosamente tiene vivienda para encargado!) y estamos en tratativas entre nosotros para que, con la unanimidad, podamos vender la propiedad y que el $$ entre al Consorcio. Respecto de los derechos adquieridos que preguntaba el señor de arriba, creo que sí son derechos adquiridos. Una vez que a un empleado (en cualquier caso, no sólo para los encargados) le dás algo no se lo podés quitar, ya sea un aumento, o un bono, un premio, o lo que fuere. Conozco un caso como el tuyo, en el que el encargado era también propietario (que compró después de ser portero, al año y medio más o menos)... y no, la vivienda no se la pudieron sacar, también era un derecho adquirido porque era encargado "con vivienda". Saludos, Esteban M.
Usuario Anónimo |
quisiera saber con respecto a la vivienda somos de un consorcio de villa urquiza estos son encargados permanentes, la pregunta en si es la siguiente ellos estan como propietarios son dueños de 1 dto. que a su vez lo alquilan, eticamente corresponde en ese caso no se le puede exigir la vivienda ya que es propiedad del consorcio par alquilarla lo que con esa plata se podrian solventar los gastos. Otra cosa queria saber si es obligacion pagarles todos los gastos, luz, gas., telefono segun el adm. eran derechos adquiridos puede ser asi en el reglamento de porpiedad no menciona nada de esao gracias
MM |
Querria saber, si existe obligacion de dar vivienda al hoy "encargado no permanente" en mi edificio, de 27 unidades sin servicios centrales, donde existe el depto a tales efectos. de no ser esto una exigencia, me gustaria saber, si dicho departamente podria ser puesto en alquiler a un tercero. Desde ya muchas gracias por vuestra respuesta. Atte. MM
Usuario Anónimo |
El encargado tenía asignada vivienda. Estaba juntado con una mujer y tiene una hija con ella de 13 años de edad. La mujer a su vez tenía otros hijos con otros padres. Se producen muy malas relaciones en esta pareja y la mujer queda viviendo sola en la vivienda del encargado junto con dos de sus hijas. Se procede al desalojo judicial. En el interín el encargado acuerda con el administrador quedar como encargado permanente sin vivienda y esto figura en sus últimos recibos de sueldo. El administrador fallece. Los consorsistas quieren alquilar la vivienda y que por su comportamiento el encargado sea despedido. En el reglamento de copropiedad figura que hace varios años atrás la vivienda del encargado se encontraba alquilada pasando los fondos al consorcio. Necesito consejos para saber si se puede alquilar la vivienda sin generar un conflicto o reclamo por parte del encargado y saber si todos estos antecedentes u otros como de intento de abuso a una menor pueden hacerse pesar para no otorgarle nuevamente la vivienda al encargado y también si puede ser despedido por dichas causas. Muchas gracias
Pedro |
La comision de propietarios, actua con funciones de orga-no consultivo y de control de la gestion del administra-dor del edificio, segun el reglamento de copropiedad y ad-ministracion. Esta comision se reunen periodicamente entre ellos y cada cuatro meses es obligatorio la reunion con el administra-dor. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE, CUALQUIER PROPIETARIO QUE TENGAN LAS EXPENSAS AL DIA PUEDEN PRESENCIAR ESTAS REUNIONES, AUNQUE SEA SIN VOZ NI VOTO?
Susana M. Belmonti |
Respondiendo al comentario de Carlos, si tu Reglamento no requiere expresamente un determinado requisito, entonces no es obligatorio. Igualmente para mayor información llamálos por tel a los que figuran más arriba. Saludos, Susy Belmonti
CARLOS W. ORTEGA |
EN EL CASO EN PARTICULAR EL REGLAMENTO DE COOPROPIEDAD ESTABLECE QUE ADMINISTRADOR DEBE PRESENTAR AL TIEMPO DE LA RENDICION DE CUENTAS EL BALANCE, INVETARIO Y RENDICION DE CUESTAS, PRESUPUESTOS DE GASTOS Y CALCULOS PARA EL EJERCICIO VENIDERO, LA PREGUNTA EN CUESTION ES SI EL REGLAMENTO SE REFIERE A UN BALANCE PROPIEMENTE DICHO, ES DECIR SI EL BALANCE DEBE ESTAR RUBRICADO POR CONTADOR PUBLICO Y APROBADO POR EL CONSEJO D E CIENCIAS ECONOMICAS.-
webmaster |
Estimado lector, Puede consultarnos en forma telefónica y gratuita de lunes a viernes de 9 a 11 horas, al 4816-5111 o al 4811-9836. Cordialmente, Liga del Consorcista On Line
Usuario Anónimo |
Como puedo saber si el portero tiene realizado el tramite ante anses de su jubilaciòn. El administrador se niega darme esa informacion. Segun los datos que yo tengo dicha persona tiene 68 años de edad. La vivienda que utiliza el portero debe ser utilizada bajo determinados requisitos? Cuales serìan? Como conozco las obligaciones y derechos del portero?
Mónica M. Gallardo |
En los 16 años que los Proveedores de Servicios de Administración ejercen sus funciones sin renovación de mandato en nuestro Consorcio, presiden las Asambleas y escriben inocuas Actas. En las tres últimas Actas que me ofrecí a firmar, hubo muchas dilaciones para que pusieran todo lo expresado por la que suscribe, que tiene severos reclamos a su gestión. El año pasado no presentaron el Acta en el Banco por las mismas razones. Agradeceré me informen si las Actas de las Asambleas tienen están encuadradas en alguna reglamentación y cuál es, o si los Administradores las pueden manejar según sus decisiones. Atte, Mónica M. Gallardo
Liga del Consorcista |
Estimado Juan, Puedes consultarnos telefónica y gratuitamente de lunes a viernes, de 9 a 11 horas, al 4816-5111 o al 4811-9836. Cordialmente, Liga del Consorcista On Line
juan |
En un consorcio de 12 unidades la persona que efectua la limpieza trabaja como jornalizada tres veces por semana de 3 horas por dia ( total 9 horas semanales ) ¿ Los dias feriados que no trabaja le corresponde siendo jornalizada que el Consorcio igualmente le abone el dia ) Gracias Juan
julio josé ponce |
1) Está legislado que Encargado y ayudante permanente deben tener un franco de 36 hs. , es decir desde el sábado a las 12 hs hasta el domingo 0:00 (comienzo de lunes)? 2) El ayudante permanente cumple 65 años en el mes de noviembre de 2007 (es decir, falta un año) a) Con qué antelación hay que enviarle la intimación para jubilarse? 3) A partir de noviembre 2007 tiene un año más, es decir hasta noviembre 2008 como en muchos casos? Es decir, su obligación es iniciar los trámites cuando cumple 65 años o antes? Si lo empieza en nov. 07 se asume que no cobrará enseguida , por lo tanto, rige la obligación de tenerlo un año adicional, es así? 4) Debe presentarse el certificado de servicios y un detalle de las remuneraciones mes por mes de los últimos diez años? Muchas gracias por su atención Julio José Ponce
webmaster |
Estimada Marisa, Puedes consultarnos en forma telefónica y gratuita de 9 a 11 horas de lunes a viernes al 4816-5111 o al 4811-9836. Cordialmente, Liga del Consorcista On Line
Marisa Gonzalez |
Necesito saber como se calcula la bonificacion por antiguedad del art 11 del CCT 378/2006 Muchas Gracias por la informacion