El ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) dictó sendas resoluciones (Nros 39/2019 y 40/2019) para EDENOR SA y EDESUR SA respectivamente, instruyendo a las empresas a determinar de acuerdo con los establecido en las Resoluciones ENRE N° 527/96 y N° 2/98 –modelo de datos para evaluar la Calidad del Servicio Técnico-, la evolución diaria de la cantidad de usuarios afectados, desde el 1° de septiembre de 2018 hasta el 31 de enero de 2019, ambos inclusive, sin considerar las interrupciones de duración menor o igual a TRES (3) minutos (no computables para la evaluación de los indicadores de Calidad del Servicio Técnico), las interrupciones invocadas ante el ENRE como originadas por la realización de obras de inversión destinadas a mejoras de la calidad en la red de media tensión (MT) o baja tensión (BT) y aquellas interrupciones para las que haya invocado ante el ENRE causales de Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
En caso de configurarse la causal de Afectación Extraordinaria de la Prestación del Servicio establecida en los términos del punto 3.3 del Subanexo 4 de su Contrato de Concesión, la empresa.
deberá calcular y abonar un resarcimiento a los usuarios residenciales (tarifa T1R) por cada una de las interrupciones que los haya afectado, iniciadas en el o los Períodos de Afectación que correspondan y con reposición de suministro durante o posterior a dichos períodos y cuya duración resulte mayor o igual al límite de DIECINUEVE (19) horas.
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CORTES DE LUZ- Resoluciones del ENRE para EDESUR y EDENOR
Fuente: BO del 15-2-2019
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