Conforme normativa nacional vigente, los días lunes o viernes que resulten feriados por considerarselos feriados con fines turísticos, gozarán en el aspecto remunerativo de los derechos que establece la legislación vigente respecto de los feriados nacionales.
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El 2-5-2014 es feriado con fines turísticos y de trabajarse se abona como feriado nacional
Fuente: DNU 1584/2010 validado por el H.C.N. el 21-11-12 y Decreto 1768/2013
® Liga del Consorcista
Tags: propiedad horizontal, laboral, feriado,
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