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La CABA reglamentó la ley 3902, de regularización dominial de los bienes inmuebles correspondientes a conjuntos urbanos abarcados en la órbita del Instituto de Vivienda de la Ciudad,
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BOCABA 26-10-2012- Decreto 512/2012
El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dictará las normas instrumentales, complementarias e interpretativas que fueren necesarias para la mejor y más adecuada aplicación de la reglamentación que se aprueba Se establece
el plazo para cumplimentar la operatoria de regularización dominial creada por Ley N° 3.902, en setecientos veinte días (720) días contados a partir de la publicación del decreto.
® Liga del Consorcista
Tags: propiedad horizontal, Administrativo. Registros & Temas Municipales, De Interés General para la Familia Urbana, Instituto de Vivienda,