La Justicia aceptó una medida cautelar iniciada por el Defensor del Pueblo de la Nación respecto de los aumentos tarifarios del Gas, para permitir que los usuarios afectados puedan pagar sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior, ordenando que las empresas prestadoras se abstengan de suspender, interrumpir o cortar el servicio público de gas por falta de pago del cargo tarifario.
Concretamente, la Justicia determinó que:
“Corresponde dejar sin efecto lo resuelto en la instancia precedente y ordenar al Ente Regulador del Gas que, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo, instruya a los agentes de recaudación del cargo tarifario para que los usuarios afectados por los efectos propios del decreto 2067/08 y normas complementarias, puedan seguir pagando sus facturas de acuerdo con el régimen tarifario anterior al dictado de las normas impugnadas en la causa, con el carácter de pago a cuenta, y para que en el supuesto de falta de pago de los cargos tarifarios las empresas prestadoras no suspendan, interrumpan, o corten la prestación del servicio.”
Datos del fallo: “Defensor del Pueblo de la Nación – Inc.
Med.
c/ EN – Dto.
2067/08 - Ms Planificación - Resol 1451708 y otro s/ proceso de conocimiento" – CNACAF – 10/09/2009