La actualización se hará con el índice combinado compuesto por las variaciones del Índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR), de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), y de la movilidad general, aprobado en la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social N° 6 del año 2016, a los efectos de los cálculos previstos en el inciso a) del artículo 24 y en el artículo 97 de la Ley N° 24.241.
Dicho índice será aplicado conforme lo dispuesto en el Título I del Libro I de la Ley N° 27.260.
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Por Resolución 56/2018 ANSES se fijó la actualización de las remuneraciones de los beneficios previsionales con altas anteriores al 1° de agosto de 2016
Fuente: BO del 5-4-2018
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