Se deroga el PROGRAMA AGUA, PUEBLOS Y COMUNIDADES (año 2014) y se lo sustituye por el PROGRAMA DE ACCESO AL AGUA SEGURA, siendo beneficiarios :
a) comunidades campesinas o de pueblos originarios;
b) gobiernos provinciales o municipales;
c) cooperativas, u organizaciones no gubernamentales;
d) organizaciones mixtas, confesionales, sindicales, universidades, escuelas, cooperadoras escolares u otras que reúnan las capacidades exigidas.
Los beneficiarios deberán acreditar determinados requisitos para la presentación de “solicitudes de Asistencia y Financiamiento”,
por la Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo (MGESyA) de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (SAyDS).-
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Se crea el PROGRAMA DE ACCESO AL AGUA SEGURA .Resolución 908/2015
Fuente: BO del 12-11-2015
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