LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Suspender hasta el 28 de febrero de 2021, inclusive la iniciación de juicios de ejecución fiscal por parte de este Organismo.
ARTÍCULO 2°.- Suspender hasta el 28 de febrero de 2021, inclusive, la traba de medidas cautelares para los sujetos que se encuentren inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” creado por la Resolución N° 220 del 12 de abril de 2019 de la entonces Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- Lo establecido en la presente no obsta al ejercicio de las facultades de esta Administración Federal en caso de gravedad o prescripción inminente.
ARTÍCULO 4°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia a partir de su dictado.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.Mercedes Marco del Pont