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AFIP-Impuesto a las Ganancias. Impuesto sobre los Bienes Personales. Régimen de facilidades de pago. Se extiende plazo hasta el 31-1-2022-Resolución General 5109/2021

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Publicado en BO: 30-11-2021


 LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.-Extender hasta el 31 de enero de 2022, inclusive, el plazo fijado en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.959, para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General N° 4.057, sus modificatorias y complementarias, regularicen sus obligaciones del impuesto a las ganancias y del impuesto sobre los bienes personales, en hasta TRES (3) cuotas, con un pago a cuenta del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” en la que dichos sujetos se encuentren incluidos -siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D-.

ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.-Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont

 

 

® Liga del Consorcista

Tags: morosidad, De Interés General para la Familia Urbana, Impuestos / Tasas (AFIP - AGIP - ABL), Impuestos / Tasas (AFIP - AGIP - ABL),

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