EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de marzo de 2025 inclusive, el plazo de presentación de la LIBRETA NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, SALUD Y EDUCACIÓN correspondiente al ciclo lectivo 2024, para el pago del VEINTE POR CIENTO (20%) retenido durante el año 2023, cuyo vencimiento opera el 30 de diciembre de 2024.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase a la Dirección General de Diseño de Procesos y Normas para dictar las normas complementarias que resulten necesarias a los efectos de la implementación operativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese. Mariano de los Heros