LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Determínese que los Códigos Postales que serán tomados como parámetro para la liquidación del subsidio extraordinario, correspondientes a las localidades del aglomerado urbano denominado ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES (AMBA), son los que se detallan en el Anexo (IF-2021-35168472-ANSES-DGDNYP#ANSES) que forma parte de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Maria Fernanda Raverta