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COMENTARIOS PUNTO POR PUNTO A LAS ULTIMAS NOVEDADES PARA LIQUIDAR HABERES A LOS ENCARGADOS DE CONSORCIOS DE PROPIEDAD HORIZONTAL

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El 14-12-2016 por Resolución de la Secretaría de Trabajo N° 1007/16 se homologó la última paritaria de encargados, que se publicó en BO el 4-1-2017.
El acta acuerdo firmada entre el gremio de trabajadores y las eternas tres agrupaciones de administradores señala lo siguiente, en el marco del CCT 589/10 (t.o.
2016):


“1.
Las partes acuerdan incrementar los salarios básicos de convenio un DOCE POR CIENTO (12%) a partir del 1 de Diciembre de 2016 y hasta Mayo de 2017 inclusive.
Los porcentajes son calculados sobre las remuneraciones correspondientes al mes de Noviembre de 2016.”

Nuestro comentario: El 12% se aplicó sobre las remuneraciones existentes a noviembre 2016, que eran las que se aumentaron en junio 2016.


“2.
El incremento salarial explicitado en el inciso anterior será aplicado en forma proporcional para los trabajadores/as que revistan en las categorías previstas en incisos d), e), h), n) y p) del artículo 7° y artículo 8° del presente Convenio Colectivo de Trabajo.”

Nuestro comentario: Está bien proporcionalizar porque no es lo mismo trabajar 8 hs que 4 hs.
o ser jornalizado (piso de 2 hs diarias y techo de 18 hs.
semanales).


“3.
Asimismo, en el marco de la negociación colectiva de este 2016, las partes acuerdan otorgar un bono NO remunerativo de PESOS DOS MIL ($2.000), el que será abonado juntamente con los salarios de Febrero de 2017.
Dicho monto será aplicado a todas las categorías establecidas del CCT 589/10 (t.o.
2016) en su totalidad.”

Nuestro comentario: Dentro de los cuatro primeros días de marzo 2017 se deberán pagar a todos los trabajadores $2000, sin efectuar aportes y contribuciones por dicha suma.
Resulta un irrazonable despropósito que todos los trabajadores cobren el mismo bono, sin proporcionalizar.
Insólitamente lo cobran todas las categorías del art.7º del CCT.
Nadie corrigió tamaño dislate.
A esto se suma el “bono eterno” (aumento de sueldo automático) que cobraron junto al aguinaldo - pagado hasta el 18-12-2016 - conforme art.15º inciso 7 del CCT.
Dicho “bono” implica una suma equivalente al 20% del básico de la categoría.


“4.
Considerando la ayuda sustancial que significó la contribución solidaria acordada de conformidad con el art.
9 de la Ley 14.250 (t.o.
2004) para las Obras Sociales de la actividad, lo que impactó en la mejora de las prestaciones brindadas, se coincide en que resulta propicio renovar la misma por un nuevo período.
Así, se establece una contribución solidaria a cargo de los empleadores comprendidos en el CCT 589/10 (t.o.
2016) desde el mes de Diciembre/2016 y hasta el mes de Noviembre/2018 inclusive, de PESOS CIENTO CINCUENTA ($150) cada mes, por cada trabajador comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo.
Estas sumas serán aplicadas en forma proporcional para los trabajadores/as que revistan en las categorías previstas en los incisos d), e), h), n) y p) del artículo 7° y artículo 8° del presente Convenio Colectivo de Trabajo.”

Nuestro comentario: La obra social percibe aportes y contribuciones fijadas por ley.
Esta indebida “contribución solidaria” para la obra social OSPERYHRA permite pensar que el gremio manejó mal la masa de dinero que ingresó a sus arcas.


“5.
Con el fin de facilitar la mejor implementación de las licencias previstas en el art.
12 inc.
b) del CCT 589/10 (t.o.
2016) y de flexibilizar los tiempos en que las mismas pueden ser gozadas, se acuerda modificar el inciso de la siguiente manera:”

Texto vigente: “ARTÍCULO 12°: El/la trabajador/a tiene derecho a: (...)
b) Hacer uso de licencia sin goce de sueldo por los términos que se consignan: hasta tres (3) y hastaseis (6) meses cuando la antigüedad en el servicio fuera mayor a cinco (5) o diez (10) años respectivamente, por una sola vez en el término de diez (10) años, debiendo notificar al empleador con una antelación no inferior a treinta (30) días de la fecha de iniciación de la licencia.
Esta circunstancia deberá ser homologada con el/la suplente ante la autoridad competente.
En este caso el/la trabajador/a con vivienda deberá permitir el alojamiento del/la suplente en la dependencia que como complemento del trabajo ocupa en la finca, la que deberá serle reintegrada al retomar el cargo.
El sueldo del/la reemplazante, estará a cargo del empleador y será igual al básico del reemplazado.”

Texto derogado: ARTÍCULO 12°: El/la trabajador/a tiene derecho a: (...)
b) Hacer uso de licencia sin goce de sueldo por los términos que se consignan Tres (3) y seis (6) meses cuando la antigüedad en el servicio fuera mayor a cinco (5) o diez (10) años respectivamente por una sola vez en el término de diez (10) años, debiendo notificar al empleador con una antelación no inferior a treinta (30) días de la fecha de iniciación de la licencia Esta circunstancia deberá ser homologada con el/la suplente ante la autoridad competente En este caso el/la trabajador/a con vivienda deberá permitir el alojamiento del/la suplente en la dependencia que como complemento del trabajo ocupa en la finca, la que deberá serie reintegrada al retomar el cargo El sueldo del/la reemplazante, estará a cargo del empleador y será igual al básico del reemplazado.



“6.
Reconociendo que existen diversas problemáticas en torno a las relaciones de trabajo, se considera propicio ampliar el alcance del art.
33 del CCT en los siguientes términos:”

Texto vigente: “RECONOCIMIENTO DE PROBLEMATICAS EN TORNO A LAS RELACIONES DE TRABAJO.
ARTÍCULO 33°: En virtud de la posible existencia de la problemática adictiva y otras problemáticas psico-sociales y de situaciones de violencia que puedan suscitarse, las partes signatarias del presente se comprometen a canalizar las mismas conforme lo establecido por la legislación nacional vigente y demás normativa existente en materia de prevención y lucha contra dichas problemáticas.
Al efecto, se propicia la creación y participación de las partes en redes de prevención, promoción y orientación en dichas materias.”

Texto derogado: RECONOCIMIENTO DE SITUACIONES DE VIOLENCIA - ARTICULO 33°: En virtud de la posible existencia de situaciones de violencia que se puedan suscitarse, las partes signatarias del presente se comprometen a canalizar las mismas conforme lo establecido por la legislación nacional vigente y demás normativa existente en materia de prevención y lucha contra todas las formas de violencia.
Al efecto se propicia la creación y participación de las partes en redes de prevención y orientación en dicha materia.

Nuestro comentario: Si la “problemática adictiva” apunta a drogas y alcohol, el gremio debiera propiciar soluciones claras y concretas, dado que no bastan las meras palabras.
En algunos consocios los propietarios viven con el enemigo dentro.
Eso es gravísimo.


"No habiendo otro asunto que tratar, se da por finalizada la reunión cerrando el acta, comprometiéndose las partes a presentarla y ratificarla personalmente ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad social de la Nación para su homologación, firmando todos al pie de conformidad cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto."

® Liga del Consorcista

Tags: laboral, abuso, Convenio Colectivo de Trabajo, encargados / servicio de limpieza / servicio de vigilancia, Suterh,

Comentarios

publicado el 16-6-2017

Loa peores fraudes son cometidos por los Administradores, eso son los que se llevan tu plata en carretilla. Cuando vas a cobrar una factura te aplican un 10% o mas sin decirte nada y como practica normal, se te ríen en la cara. Ese efectivo y caja negra que manejan está institucionalizado en todas las administraciones. Pero se llama coima, sobre precio, choreo de tu plata amigo. De eso que opinas??

publicado el 16-6-2017

No CONNFUNDAS!! si es así, lo tenes ahí por culpa de las corruptas Administraciones anteriores que se quedaron con tu plata en vez de hacer los aportes correspondientes. El Encargado nada tiene que ver y no le estas regalando nada.

publicado el 15-6-2017

EL CONTROL DEL ENCARGADO LO TIENEN EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, QUE AHORA SE OPTA POR "NO FORMARLO POR RAZONES LEGALES MUY OPORTUNAS PARA DESAPARECER DEL CONSEJO", Y EL ADMINISTRADOR TIENE LA FACULTAD DE SUPERVISAR TAREAS. PERO AL ADMINISTRADOR QUIEN LO CONTROLA?? QUIÉN CONTROLA LOS PRESUPUESTOS ABUSIVOS DE SUS PROVEEDORES? POR UN TRABAJO DE PÉRDIDA BAJO MESAD. SE ROMPIÓ 4 AZULEJOS $24000! PRESUPUESTO DEL PLOMERO Y APROBADO POR SU ADMINISTRADOR! 3 HS DE TRABAJO! QUIEN CONTROLA ESO SRA? LOS SUELDOS DE LOS ENCARGADOS SUBEN POR PARITARIAS, PERO LOS INGRESOS DE LOS ADMINISTRADORES SUBEN POR POR ROBO Y DESPUES USAN AL ENCAR. DE CHIVO ESPIATORIO

publicado el 8-6-2017

Las 3 administraciones que se arrogan la representación de los consorcistas lo hacen con la aprobación del Jefe de Gobierno de la Ciudad de BS.AS. Y EL Ministro de Trabajo que convalida el CCT. Además la contribución voluntaria de $150 por empleado para la obra social es una estafa, solo basta con leer los diarios donde esa obra social ha adquirido una radioemisora, un diario y la última, compró un edificio pagando 11 millones de dólares. Todo a cargo de nuestro bolsillo. ¿HASTA CUANDO TENEMOS QUE SOPORTARLO?, ¿HAY ALGUNA FORMA LEGAL DE TERMINAR CON ESTOS ABUSOS?

publicado el 15-4-2017

LOS ADMINISTRADORES NEGOCIAN CON LOS ENCARGADOS. LOS ADMINISTRADORES LE PIDEN A LOS ENCARGADOS TAREAS QUE NO LES SON PROPIAS DEL ENCARGADO PARA CON EL EDIFICIO (Y NOSOTROS PAGAMOS LOS SUELDOS Y LOS HONORARIOS) Y ENTONCES EL ENCARGADO A CAMBIO LE PIDE LICENCIAS, PERMISOS, FRANCOS, Y TAMBIEN SE SUMAN COPROPIETARIOS QUE EN CONNIVENCIA CON LOS ADMINISTRADORES HACEN SUS PROPIOS NEGOCIOS Y A CAMBIO LOS EXIMEN DE PAGAR LAS EXPENSAS Y ADEMAS HACEN TRABAJOS EN SUS DEPARTAMENTOS Y LOS GASTOS LOS PASAN POR ADMINISTRACION. ESE INTERCAMBIO LE DA PIE AL ADMINISTRADOR PARA COMETER FRAUDES CON TRABAJOS QUE NO REALIZAN.

publicado el 15-4-2017

EN EL EDIFICIO DONDE VIVO EL ENCARGADO DE CATEGORIA PERMANENTE SIN VIVIENDA VIVE CON SU ESPOSO QUE ES COPROPIETARIO, EN EL MISMO EDIFICIO. SIN EMBARGO DURANTE MAS DE DOS AÑOS OCUPÓ PARALELAMENTE Y DE MANERA INDEBIDA Y SIN SABER CON QUE FINALIDAD EL DEPARTAMENTO DE PORTERIA Y EL ADMINISTRADOR MANIFESTÓ DESCONOCER ESA SITUACION. EL CONSORCIO PAGÓ MEDIANTE LAS EXPENSAS MAS DE $ 70.000 EN EL AÑO 2014 EN ARREGLOS Y DECORACION DEL REFERIDO DEPTO. QUE EN UN SOLO AMBIENTE DE 3x3 TENIA 7 TOMACORRIENTES, LUZ DIFUSA, DICROICAS AIRE ACONDIC, BAÑO CON VANITORY, MONOMANDO ETC. MUY BUEN BULIN PARA INTIMAS RELACIONES.LO DEVOLVIO DESPUES DE VARIOS RECLAMOS

publicado el 14-4-2017

Reconociendo que existen diversas problemáticas en torno a las relaciones de trabajo, se considera propicio ampliar el alcance del art. 33 del CCT en los siguientes términos:” Texto vigente: “RECONOCIMIENTO DE PROBLEMATICAS EN TORNO A LAS RELACIONES DE TRABAJO. See more at skype login download skype skype for business

publicado el 12-4-2017

quien controla a los encargados ,que meten en la vivienda a quien quieren , limpian cuando quieren , hacen lo que quieren , porque tienen muchos años trabajando en el edificio. y se abusan de eso. La gente dice no se metan con el encargado por que el sindicato de ellos es muy fuerte, que significa eso que tenemos q tenerles miedo.ya hemos visto lo q hacen los sindicalistas .Cuanto atropello!!!!!

publicado el 12-4-2017

Los propietarios ya tendriamos que participar en paritarias...ya es hora...como impulsaremos eso???

publicado el 7-4-2017

Hola, no comprendo qué pasa que los propietarios no pueden ser parte sobre las paritarias, si son los que pagan en definitiva,

publicado el 6-4-2017

Hola. Por lo que entiendo el encargado se puede jubilar igual y por mas que no tenga aportes. El con sus recibos de haberes y las Certificaciones de Servicio que tenga lo hace tranquilamente. El que pone esas excusas seguro que fue el abogado que se encarga de realizar las gestiones para que se jubile. Por otro lado ANSES y AFIP se encargaran de intimar por otro lado al Consorcio para que pague y deberán entrar en moratoria por que no va a quedar otra. El consorcio debería intimar al Administrador por ese problema que a mi entender es una ESTAFA y es PENAL TRIBUTARIA asi que, si no reclaman son responsables. Eviten la denuncia del Encargado.

publicado el 4-4-2017

MARTAFORTINO: decía Cacciatore.."Antes de quejarse...primero quejese..." debe haber un primero que arme la bola de nieve la que luego sola y en movimiento se incrementara...asi los propietarios seran reconocidos con voz y voto........discriminación..tal vez ¿?..desigualdad...tal vez ¿?

publicado el 4-4-2017

Creo que tiene que salir la ley que contemple que el propietario este presente en las paritarias. Quien controla a los Gremios. Como puede ser que el propietario no este protegido de algunas anormalidades por nadie. Que hace el Gobierno de la Ciudad al respecto. No podemos estar ajenos a lo que se decide con nuestro dinero, indiscriminadamente. Quien controla a los Administradores? no tengo mucho que decir del actual Portero. Me gustaria que alguien se digne a ver estos temas. Gracias

publicado el 4-4-2017

Entiendo que el Consorcio como Persona Jurídica puede optar por no utilizar el servicio de limpieza por el Gremio Suterh, de ser así ¿porqué no se generaliza el uso de otros sistemas quedando fuera del régimen impuesto por no sé quienes?--- Saludos Cordiales y a pensar que los juicios laborales se generan dentro y fuera del gremio indicado por lo que eso no es impedimento. Atte. Daniel Puiggrós

publicado el 3-4-2017

leo con atencion los comentarios,algunos generalizan el mal desempeño de su encargado.En mi caso no tengo nada que decir de nuestra encargada.Disponible en el horario que se la necesita.En cuanto a la limpieza no hay nada que objetar.Servicio de luz,gas,telefono y cable ,lo paga la encargada,ropa de trabajo ,lo unico que solicita son zapatillas.que siempre busca un precio que nos conforma.Asi que por favor no generalizar.Aclaro no soy la unica propietaria que opina de esta manera en cuanto a la encargada..saluda atte.Ah aclaracio ,en cuanto al agua,la porteria esta exenta de abonar dicho servicio.

publicado el 3-4-2017

Totalmente de acuerdo con quien dijo que los Propietarios tenemos que participar de las Paritarias Ojala yo misma me pudiera dar los aumentos de sueldo como haceb ellos

publicado el 3-4-2017

El encargado se lleva el 75% de lo recaudado en mi edificio. El problema es que ya está grande y no puede ni caminar casi, y no lo pueden jubilar porque las administraciones anteriores no le pagaron las cargas sociales. O sea, lo tenemos acá regalándole un sueldo.

publicado el 3-4-2017

Los propietarios somos rehenes del sindicato de encargados ,nosotros deberías participar en cuanto a los aumentos ,hoy en día conviene ser encargado que salir a trabajar fuera y pasarse la vida estudiando,trabajan solo 4 horas tienen todo gratis vivienda.luz gas agua cable,ropa zapatos no tienen que viajar y en horas de trabajo hacen trabajos de pintura o otras cosas pero nadie habla de eso ,cobran oras extras por rascarse los bolsillos hasta cuando debemos seguir con tanto atropello

publicado el 3-4-2017

Me gusta leer sus comentarios pues me parecen orientadores de temas , por ello me gustaría recibir comentarios referidos a , por ejemplo : cuando u encargado hace una denuncia penal a un consorcista. Y en la actualidad ha quedado archivada por atipicidad y en segunda instancia por no aportar nada nuevo y no haber existido lo denunciado. Pregunto : se se solicitó al Administrador la aplicación de la Sanción que corresponda por Convenio colectivo de trabajo y en relación al hecho grave. Como también que se reintegre el monto gastado en abogado, cartas documentos y perjuicios varios al propietario.Rspero su respuesta q debo hacer según U

publicado el 3-4-2017

Buen día Creo que debieramos ver la forma de participar en las paritarias. Se contemplan los intereses de los empleados pero no interviene quien pone el dinero, los consorcistas. Es la unica paritaria en que pasa esto. Debieramos ver entre todos el modo de solucionarlo, pero participar! somos los que pagamos! Afecta nuestro bolsillo! Saludos. Jorgelina

publicado el 3-4-2017

Si el comentario sobre el valor del monto de honorarios que ponen los administradores en edificios en torres complejos es desmesurado y sin proporcionalidad con personal en administraciones exagerado que realizan poco o nada de lo que deben hacer Realmente estas a veces pueden solucionarse con administraciones on line y dandole tareas a los vigiladores existentes y nadie toma iniciativa ya que los consejos de administracion están dibujados

publicado el 8-3-2017

Tendríamos que poner foco en lo que cobran los admnistradores y todas las normatvas que dicta el estado que son abonos de servicio desmedidos, y los malos habitos de algunos administradores que cobran honorarios como quieren y gastos con montos que no se pueden abonar.De los administradores no se habla, vivimos cambiando de administración y todo es iguai

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