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¿DESPEDIR AL ENCARGADO DEL CONSORCIO?

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Desde la vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación (1-8-2015) dejó de ser arbitrio exclusivo y excluyente de la administración del consorcio decidir el despido del trabajador del mismo.
Hoy el despido debe surgir de la voluntad de los propietarios reunidos en asamblea "convocada al efecto", es decir convocada para resolver si se lo despide o no.
El Código vigente refiere tanto al nombramiento cuanto al despido del personal, en sendos artículos, a saber: el art.2058: Facultades de la Asamblea ...inc.
c) las cuestiones sobre la conformidad con el nombramiento y despido del personal del consorcio y el art.
2067 Derechos y Obligaciones del administrador...
inc.
f) nombrar y despedir al personal del consorcio, con acuerdo de la asamblea convocada al efecto
.

La asamblea de propietarios decide y el administrador ejecuta esa decisión.

 Sabemos que el despido que se decida puede ser con causa o sin causa.

El despido con causa no genera pago de ninguna indemnización, pero la causa debe ser grave y estar debidamente probada.
De no ser así, el trabajador cuestionará judicialmente lo decidido, con altísimas probabilidades de ser exitoso su reclamo.

El despido sin causa (porque no la hay o porque habiéndola no se puede probar) genera pago de indemnización, y es aquí donde los propietarios reunidos en asamblea para decidir el despido, deben conocer el total que deberán abonar al trabajador que decidan despedir sin causa.

Si el propietario ignora la resultante económica del despido, es decir la suma total a pagar al trabajador en función de ese despido, que él deberá afrontar pagando su porcentual dominial para expensas, su decisión estará viciada por ignorancia.

El trabajador despedido seguramente concurrirá al gremio para que le informe al respecto, pero el administrador debe detallar en asamblea todos los rubros a pagar, que generalmente suelen coincidir con lo que liquida el sindicato, antes de enviar la pieza postal que documente el distracto.

Por esa razón el administrador deberá llevar a la asamblea la liquidación final estimativa, cuyos rubros son los siguientes cuatro, refiriéndonos siempre a un trabajador con todas las cargas sociales pagadas, a un trabajador "en blanco" :

1- Indemnizaciónpor antigüedad, equivalente un mes de la mejor remuneración normal y habitual bruta (es decir sin los descuentos de cargas sociales) por cada año de antigüedad en el cargo.

2- Indemnización sustitutiva del preaviso (en caso de no otorgar preaviso) equivalente a tres sueldos últimos, conforme surge del Estatuto del Encargado (ley 12981, de orden público, art.6º)

3- Integración del mes de despido (se paga el sueldo íntegro del mes del despido, aunque se lo despida antes del último día del mes, conforme art.
233 de la LCT) Este rubro es cuestionado por alguna jurisprudencia, como no aplicable a los encargados.

4- Pago de SAC (sueldo anual complementario ó aguinaldo ) y Vacaciones Proporcionales.

Si el trabajador tiene el uso de vivienda deberá tomarse en cuenta lo que establece el art.25 inciso 11 del CCT 589/2010, versión actual, a saber : "En los casos de despido sin invocación de justa causa, cuando el empleador abone las indemnizaciones legales dentro del plazo de 4 días hábiles, el dependiente con vivienda, deberá hacer entrega de la misma dentro del plazo de 30 días.
Si el empleador no diera cumplimiento con tales pagos dentro del mencionado plazo, el derecho a permanecer en la vivienda se podrá llegar a extender hasta un plazo de 90 días contados a partir del despido.
Cuando el trabajador/a fallece, los beneficiarios del trabajador/a enumerados en el artículo 248 de la Ley 20744, podrán permanecer en la vivienda hasta un máximo de 30 días, en que deberán hacer entrega de la misma totalmente libre de ocupantes y efectos personales.
"

® Liga del Consorcista

Tags: laboral, laboral, encargados / servicio de limpieza / servicio de vigilancia, De Interés General para la Familia Urbana, De Interés General para la Familia Urbana,

Comentarios

publicado el 2-6-2023

Quisiera me informen a quien corresponde hacerse cargo lde la Indemnización por despido incausado de un empleado del Consorcio ? En mi caso se incluyó el monto del despido en las expensas comunes de los inquilinos

publicado el 2-6-2023

buenas tardes : quisiera saber si en caso de un despido con indemnización a un empleado el Consorcio vigilancia y tarea administrativa , dicha indemnización puede ser cobrada como expensa común a los inquilinos del edificio Gracias

publicado el 16-3-2023

Buenas. Quería saber si para el despido del encargado el edificio la votación en la asamblea debe tener mayoría o ser unánime? Muchas gracias Espero su respuesta Saludos

publicado el 26-2-2023

Buenas tardes Por asamblea se decidió el despido de uno de los empleados de limpieza del edificio. La discusión ahora es si el gasto de indemnización es ordinario o extraordinario. Y basado en que reglamentaciones . Saludos y mil gracias

publicado el 21-9-2022

Consulta: la asamblea que decida el despido debe contar con unanimidad o con mayoría simple es suficiente? Desde ya muchas gracias

publicado el 3-8-2022

Qué pasa si el consorcio no puede afrontar el pago del sueldo del empleado y mucho menos tenemos para la indemnización?

publicado el 4-6-2022

Buenos días. quien debe pagar la indemnz x despido del encargado. Locador o locatario?

publicado el 11-2-2022

Consulta: la asamblea que decida el despido debe contar con unanimidad o con mayoría simple es suficiente? Desde ya muchas gracias

publicado el 2-7-2021

En este momento se puede negociar con el encargado del edificio una reducción de horas de trabajo . El edificio está con inconvenientes, se hace muy difícil mantener el costo que genera un portero que no fue designado en asamblea

publicado el 4-1-2021

Hola. quiero consultar lo siguiente, la asamblea convocada debe contar con unanimidad o con mayoría simple es suficiente? para desvincular al encargado, se puede acudir al SECLO para financiar la indemnización en cuotas, aclaro que sobran las razones para el despido con causa pero no queremos problemas legales posteriores. Por ultimo, se le debe notificar el despido con un mes de anticipacion para que deje la vivienda? y lo seguis teniendo dentro del edificio?? es muy peligroso eso. Gracias

publicado el 23-11-2019

En la ciudad de Rosario, el departamento de trabajo de la provincia no rubrica el libro de ordenes, tal como lo indica la ley 12.981, y el CC589/10. Me dieron de baja en el dpto de trabajo al solicitarlo. Reclame al SUTERH, ni bola, ni les interesa. De manera tal que como dice Highton de Nolasco, la encargada hace lo que quiere. Al amparo de todos. Desde que no se la encuentra en su lugar de trabajo, hasta que falta cuando puede (quiere)

publicado el 10-10-2019

ESTIMADA DRA. SOLICITO INFORMACION SOBRE LA PRESENTE: LA ADM. NO CUMPLE CON LOS CONTROLES DE LIMPIEZA,CONTROL DE HORARIOS DE PERSONAL, LAS NORMAS DE CUMPLIMIENTO SOBRE EL REGLAMENTO.ADEMAS OTORGA BENEFICIOS DE PAGOS A PERSONAS EN CONDICIONES DE ABONAR Y QUE CONSIDERAN QUE ES MAS BARATO DEJAR DE PAGAR LAS EXPENSAS , QUE SOLICITAR UN PRESTAMO BANCARIO .NO ES POSIBLE QUE SOBRE UN MONTO APROX. DE COBRO MENSAUL DE $700.000. HAYA DEUDA POR $ 800.000. EL CONSEJO DE ADM. NO ACTUA . HAY JUICIOS QUE EL ABOGADO TIENE PENDIENTES DESDE HACEMAS DE 6 AÑOS . COSA NO ACEPTABLE, LEGALMENTE . QUE PODEMOS HACER , POR FAVOR

publicado el 10-10-2019

buen dia en mi edificio hubo un cambio de administrador , cuando se fue nos dimos cuenta se le esta abonado a la encargada jardineria, que no corresponde , porque tenemos un jardinero , es decir se abona 2 veces . como se hace para sacarle a la encargada ese plus, se le quita en el próximo recibo de sueldo? y ya esta o hay que hacer una asamblea .- gracias saludos cordiales

publicado el 5-10-2019

Buenas tardes Quisiera saber cuantos votos son necesarios para el despido de un encargado La asamblea debe ser ganeral o extraordinaria Cuantas horas diarias son obligatorias para un encargado sin vivienda, en un edificio de 13 pisos y 23 unidades Se puede tercerizar la limpieza?

publicado el 4-10-2019

Buenas tardes, estamos por despedir a la encargada de limpieza sin causa, la pregunta es si podemos pagarle la indemnización en cuotas y que nos firme un papel de no reclamar más nada después de la indemnización. Obviamente con el consentimiento de la encargada. Desde ya muchas gracias.

publicado el 21-8-2019

Quiero saber si un insulto a un propietario filmado por cámaras seguridad, unido a una suspensión de 4 días por haber faltado injustificadamente, dice que falto 3 días para cuidar padre internado, causal no prevista convenio, es suficiente para despido con causa Saludos

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