Continuamos en este video con las obligaciones del personal de encargados.
Hoy vamos a detenernos en las obligaciones relacionadas con las instalaciones del edificio.
Tiene la obligación de cambiar las lamparitas?
Continuamos en este video con las obligaciones del personal de encargados.
Hoy vamos a detenernos en las obligaciones relacionadas con las instalaciones del edificio.
Tiene la obligación de cambiar las lamparitas?
raul |
si hasta cierta altitud, no mas de dos metros de escalera, y aun asi, como se ve en muchos edificios que los encargados son mayores de 65, que todavia siguen trabajando, les puede dar un mareo por estar arriba de la escalera y ahi un perjuicio para el consorcio, y la art no se si en esos casos de encargados jubilados, hasta donde cubre
Ana María Garcia |
CCT 489/10 Art.23. Obligaciones del Personal 12. Poner en funcionamiento y asegurar la protección de los servicios generales del edificio, en las oportunidades que fije el administrador dentro del horario habitual de tareas, debiendo además cambiar lámparas y tubos fluorescentes de las partes comunes de edificio.
peregrino busto casal |
Muy bueno el comentario de las lamparas y otros, gracias.
María Dignoti |
Muchas gracias, muy buena información que la mayoría de los consorcios desconocemos!
Ricardo Brunás |
Yo pienso que no porque no sé si la ART lo cubre en caso de accidente. El tema es que me ha pasado en lo personal que la ART no me dio un listado de cobertura, como sucede en cualquier contratación de seguro. Por lo tanto, ante la ausencia de mayor claridad, coincido conque el encargado se niegue a realizar dicho trabajo.