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ATENCIÓN CONSORCIOS- MORATORIA- Ley N° 27.541. Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y entidades civiles sin fines de lucro. AFIP-Res.Gral.4667/2020

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Fuente: BO del 31-1-2020


La ley 27.541 declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, facultando al Poder Ejecutivo Nacional, entre otras acciones, a implementar planes de regularización.

La AFIP – en extensa normativa de 52 artículos y dos anexos - dicta ahora la reglamentación del aludido régimen y las normas que resultan necesarias a los efectos de su implementación, disponiendo que podrán incluirse en el régimen de regularización las obligaciones tributarias vencidas al día 30 de noviembre de 2019, inclusive, los intereses no condonados, así como las multas y demás sanciones firmes relacionadas con dichas obligaciones.

Establece conceptos y sujetos excluidos, procedimiento y requisitos para adherirse, señalando que de tratarse de entidades civiles sin fines de lucro, tienen que registrar alguna de las formas jurídicas que se indican a continuación:

CÓDIGO     FORMA JURÍDICA

86     ASOCIACIÓN

87     FUNDACIÓN

94     COOPERATIVA

95     COOPERATIVA EFECTORA

167   CONSORCIO DE PROPIETARIOS

203   MUTUAL

215   COOPERADORA

223   OTRAS ENTIDADES CIVILES

242   INSTITUTO DE VIDA CONSAGRADA

256   ASOCIACIÓN SIMPLE

257   IGLESIA, ENTIDADES RELIGIOSAS

260   IGLESIA CATÓLICA

® Liga del Consorcista

Tags: morosidad, Impuestos / Tasas (AFIP - AGIP - ABL), seguridad social, aduana / migraciones, deuda,

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