ARTÍCULO 1°. Aprobar la oferta académica la Fundación “Liga del Consorcista de la Propiedad Horizontal – Sede Banfield”, en tanto cumple con contenidos mínimos conforme lo establecido por la Ley N°14.701, Decreto N° 1734/22 y la Disposición N°27/23 y su modificatoria.
ARTÍCULO 2°. Aprobar el programa, que como Anexo (IF-2023-44774039-GDEBA-UCRPACPHMJYDHGP) forman parte de la presente.
ARTÍCULO 3°. Registrar, comunicar y publicar en la página web. Cumplido, archivar.
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Buenos Aires
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Habilitación de la Liga del Consorcista a dictar cursos de Administración de Consorcios en Provincia de Buenos Aires
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