La ley 6508 tiene por objeto la transformación urbana del Área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como un área urbana residencial, inteligente y sostenible, a través de la promoción al desarrollo de actividades económicas estratégicas con la finalidad de mejorar las condiciones de habitabilidad, cohesión social y reequilibrio territorial, mediante el otorgamiento de beneficios impositivos a quienes realicen inversiones destinadas al desarrollo de tales espacios en dicho polígono. Se considera Área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dentro del perímetro comprendido por las calles Avenida Santa Fe, Crucero General Belgrano, Avenida del Libertador, Avenida Leandro N. Alem, Avenida Paseo Colón, Avenida Belgrano, Bernardo de Irigoyen y Carlos Pellegrini, en ambas aceras.
La ley 6509 tiene por objeto la promoción de la vivienda única y la facilitación de la mudanza hacia el Área Céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mediante el establecimiento de herramientas de financiamiento y ayuda financiera para quienes opten por mudarse a dicha área. Se establecen: créditos para la adquisición e incentivos para el alquiler.-