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Ciudad de Buenos Aires

ATENCION ADMINISTRADORES- CABA - Prórroga hasta el 1-4-2025 el plazo límite para adecuarse a la modalidad del trámite de Rúbrica de Documentación Laboral a través de la platafoma TAD - Disp. 2357/2024 DGRDT

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Publicado en BOCABA: 10-12-2024


VISTO: Las Leyes 265, 3.304 (textos consolidados por Ley 6.588) y, 6.684, el Decreto 387/23, la Resolución 803-GCABA-SECTE/24, el Expediente Electrónico EX-2024- 40872114-GCABA-DGRDT, y

CONSIDERANDO: Que por la Ley 6.884 se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempló entre los ministerios del Poder Ejecutivo, al de Justicia, cuya función es asistir al Jefe de Gobierno en todo lo inherente a sus competencias, encontrando dentro de sus objetivos los de entender en lo relativo a la política laboral en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otros;

Que por el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual contempla dentro de la órbita del Ministerio de Justicia, a la Secretaría de Trabajo y Empleo y como dependiente de ella a esta Dirección General Relaciones del Trabajo;

Que el mencionado Decreto, asignó como responsabilidades primarias de la Secretaría, entre otras, las de...Asesorar al Ministro en materia de cuestiones vinculadas con el trabajo en todas sus formas, en el ejercicio del poder de policía en materia laboral, y en la determinación de las políticas de empleo y seguridad social, así como también la de "Diseñar planes, programas y proyectos relacionados con la promoción del trabajo formal, la tutela de los derechos de los trabajadores y el perfeccionamiento de la legislación laboral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires...;

Que la Ley 265 establece entre las funciones de la Secretaría de Trabajo y Empleo, en su carácter de Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otras, la de llevar el registro de empleadores y la rúbrica de documentación laboral, conforme el artículo 52 de la Ley Nacional 20.744 por la cual rige el Régimen de Contrato de Trabajo;

Que el artículo 1° del Decreto 88/2001 designó a la entonces Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - actual Secretaría de Trabajo y Empleo - como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 265;

Que por Resolución 803-SECTE/2024 se estableció el plazo límite para adecuarse a la modalidad del trámite de Rúbrica de Documentación Laboral a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD) el día 1° de enero de 2025, aplicable al libro correspondiente al periodo diciembre 2024;

Que la mencionada Resolución, en su Artículo 4, delega en la Dirección General Relaciones del Trabajo, dependiente de la Secretaría de Trabajo y Empleo del Ministerio de Justicia, el dictado de las normas reglamentarias, complementarias, interpretativas y aclaratorias que resulten necesarias para la correspondiente instrumentación;

Que, en virtud de las diversas presentaciones y consultas efectuadas por los empleadores alcanzados por la mencionada Resolución, poniendo de manifiesto la necesidad de contar con un plazo adicional al estipulado por la misma y contemplando las dificultades que conlleva la adaptación a los procesos de innovación, se estima conveniente prorrogar el plazo establecido para adherirse al mencionado sistema;

Que atento lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, en uso de sus facultades legales, conferidas por la Ley 265,

LA DIRECTORA GENERAL RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE: Artículo 1º.- Prorrogar el plazo límite para adecuarse al sistema establecido en el Artículo 3° de la Resolución 803-SECTE/2024 hasta el día 1º de abril de 2025, aplicable al libro correspondiente al período marzo de 2025.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido, archivar. Testa///

® Liga del Consorcista

Tags: laboral,

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