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Ciudad de Buenos Aires

CABA- Prórroga excepcional por un año de las licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre el 15-2-2020 y el 14-2-2021 - DNU 18/2020-

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Publicado en BOCABA: 11-12-2020

Se considera que la Ley N° 6.301 declaró en emergencia la situación económica y financiera de la CABA hasta el 31-12-2020 y en virtud de la situación epidemiológica en el ámbito local, corresponde continuar con el abordaje de las medidas pertinentes, a los fines de prevenir y mitigar la propagación del coronavirus COVID-19-



 

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:

 Artículo 1°.- Modifícase el artículo 2° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2°.- Prorrógase de manera excepcional por el término de un (1) año, la vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre los días 15 de febrero de 2020 y 14 de febrero de 2021. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento consignada en cada licencia.”

 Artículo 2°.- El presente Decreto es refrendado por los/las señores/ras Ministros/as del Poder Ejecutivo y por el Jefe de Gabinete de Ministros.

Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y Entes Descentralizados, para su conocimiento y demás efectos. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - González Bernaldo de Quirós - Migliore - Santilli p/p - Acuña - Muzzio - Giusti - Avogadro - Giusti p/p - Mura – Miguel///

® Liga del Consorcista

Tags: De Interés General para la Familia Urbana, prórroga,

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