EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:
Artículo 1°.- Aprobar el texto ordenado del Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el que se denominará “Código Contravencional de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (T.O. 2024)”, que como Anexo I (IF-2024- 41208140-GCABA-MJGC) forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2°.- El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Justicia y de Seguridad y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos, comunicar a los Ministerios de Justicia y de Seguridad. Encomendar a la Secretaría de Justicia a comunicar la presente medida al Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archivar. MACRI - Tapia - Wolff – Grindetti///