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ASPO- El departamento de Gualeguaychú, de la Provincia de Entre Ríos, se encontrará alcanzado por las disposiciones del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”-Decreto 700/2020

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Publicado en BO: 27-8-2020

Desde el 26-8-20 al 30-8-2020 inclusive



 

 

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Establécese que el departamento de Gualeguaychú de la PROVINCIA DE ENTRE RÍOS se encontrará alcanzado por las disposiciones del aislamiento social, preventivo y obligatorio previstas en el CAPÍTULO DOS del Decreto N° 677/20, a partir del dictado de la presente medida y hasta el día 30 de agosto de 2020, inclusive.

ARTÍCULO 2º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su dictado.

ARTÍCULO 3°.- Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Ginés Mario González García///

 

® Liga del Consorcista

Tags: coronavirus covid cuarentena, coronavirus covid cuarentena, Provincia de Entre Ríos,

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