EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA:
Artículo 1°.- Establécese que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las actividades para las que fueran dispuestas por las Decisiones Administrativas Nros. 995/20/JGM-PEN/20 y 1289/JGM - PEN/20 las excepciones al "aislamiento social, preventivo y obligatorio" y de la prohibición de circular para las personas afectadas a las mismas, se autorizan las identificadas en el cronograma y con el alcance detallado en el Anexo I (IF-2020-19753492-GCABA-MJGGC), que a todos los efectos forma parte del presente Decreto.
Artículo 2°.- Establécese que para el ejercicio de las actividades autorizadas por el artículo 1°, se deberá dar cumplimiento a las pautas indicadas en los protocolos aprobados para dichas actividades.
Artículo 3°.- Establécese que las medidas adoptadas pueden ser restringidas o ampliadas conforme se desenvuelva la situación epidemiológica que diera lugar a la declaración de emergencia sanitaria.
Artículo 4º.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Desarrollo Económico y Producción y de Salud y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Entes Descentralizados, para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Desarrollo Económico y Producción y de Salud. Cumplido, archívese. RODRÍGUEZ LARRETA - Giusti - González Bernaldo de Quirós –
ANEXO 1
CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES EXCEPTUADAS DEL AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO EN EL AMBITO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 17de agosto de 2020: Actividad física en el Espacio Público: delimitado al ejercicio físico individual o, como máximo, de a dos personas, en el espacio público de la Ciudad, y a la franja horaria entre las 18.00 hs. hasta las 10.00 hs., los siete días de la semana y sin restricción del número que termine el Documento Nacional de Identidad (DNI) de la persona.
Profesiones: toda actividad profesional. Concurrencia a oficina/estudio una vez por semana en función del número que termine el Documento Nacional de Identidad (DNI) de la persona, de modo tal que los titulares de un Documento Nacional de Identidad (DNI) terminado en 0 y 1 concurrirán los días lunes, 2 y 3 los días martes, 4 y 5 los días miércoles, 6 y 7 los días jueves y 8 y 9 los días viernes.
Atención al público solo con turno previo. Organizaciones que nuclean profesionales: podrán funcionar de lunes a viernes a través de sistema de guardias mínimas, adecuando sus tareas en base a turnos rotativos de trabajo. Atención al público solo con turno previo.
Sábado 22 agosto de 2020: Ecoparque, Reservas (Lugano y Sur) y Jardín Botánico.///