EL SECRETARIO DE DESARROLLO CIUDADANO RESUELVE
Artículo 1°.- Autorízase la práctica de deportes individuales al aire libre, en clubes e instituciones privadas, dentro de los días y horarios que cada institución disponga y sin restricción del número que termine el Documento Nacional de Identidad (DNI) de Natación y Yoga en conformidad con lo establecido mediante la Decisión Administrativa N° 1518/20.
Artículo 2°.- Autorízase los entrenamientos de los deportistas de representación nacional pertenecientes a laConfederación Argentina de Deportes Acuáticos (CADDA) en el Parque Olímpico Sector B del Parque Polideportivo Julio A Roca en conformidad con lo establecido mediante la Decisión Administrativa N° 1535/20.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese a la Subsecretaría de Deportes y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ambas dependientes de esta Secretaría de Desarrollo Ciudadano de la Vicejefatura de Gobierno. Gesualdo///