LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Disponer que los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General Nº 4.693, su modificatoria y su complementaria, podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”, desde el 14 de mayo de 2020 hasta el 21 de mayo de 2020, inclusive, a los efectos de obtener, de así corresponder, los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones que se devenguen durante el mes de mayo de 2020, conforme lo dispuesto por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 747 del 8 de mayo de 2020.
ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont