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El Costado Técnico de la Certificación de Edificio Seguro

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La Disposición.
N° 5363/10
es una norma dictada en materia de seguridad de los inmuebles que consten de más de una unidad de vivienda, afectados al régimen de Propiedad Horizontal (Ley 13512), en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Su intención apunta a prevenir los riesgos que pudieren causarle a los consorcistas o a terceros, las condiciones en que se encuentre el inmueble.
El Consorcio de Copropietarios, a través de su administrador, deberá contratar semestralmente a un profesional matriculado en Seguridad e Higiene en el Trabajo, que realice las verificaciones de seguridad del edificio.
Este profesional otorgará –si no hay riesgos– una Certificación de Edificio Seguro.

La inspección se realizará con una planilla cuyo modelo se encuentra en un Anexo de la Disposición.
Entre los temas a verificar se encuentran los siguientes:

1.
Matafuegos y sistemas de protección contra incendio.
Cantidad y ubicación adecuada.
Revisión trimestral (según norma IRAM) y recargas anuales.
vencimiento.
Hidrantes.

2.
Iluminación de emergencia.
Cantidad y ubicación.

3.
Plan de Evacuación.
Confección, planos, croquis por pisos, presentación en Defensa Civil según la Ley CABA Nº 1346.
Vigencia, cronograma de simulacros (dos por año), señalización de las vías de evacuación.
Barandas y escalones antideslizantes.
(Ver también el artículo del Arq.
Enrique Viola relacionado con este tema: Plan de Emergencia y Evacuación de Edificios - Importancia de su Implementación)
.

4.
Calderas.
Habilitación.
Seguro de Responsabilidad Civil.
Revisión mensual del responsable técnico.
Certificados de Verificación.

5.
Limpieza de Tanques de Agua.
Verificación semestral de limpieza.
Libro de control Sanitario.
Certificado de Potabilización del Agua.

6.
Ascensores y Montacargas.
Estado de conservación.
Inspección mensual del “Conservador”.
Libro de Inspección.
Seguro de Responsabilidad Civil.
Puertas reglamentarias.

7.
Conservación de Fachadas, Certificado de Conservación.
Inspección del profesional competente de acuerdo a la frecuencia definida por la antigüedad del edificio.
(Antigüedad de 10 a 21 años: inspecciones cada 10 años.
De 22 a 34 años: cada 8 años.
De 35 a 50 años: cada 6 años.
De 51 a 71 años: cada 4 años.
Mayor a 72 años: inspecciones cada 2 años).

Normas a tener en cuenta en la verificación para el cumplimiento del art.
3° de la Disposición.
N° 5363/10:
Ordenanzas Municipales Números: 40473 (matafuegos), 33677 (Calderas y Termotanques), 45593 (tanque), 27708 (calderas), 45425, 49308 (ascensores).
Decreto 2045/93 (tanque agua).
Ley 257/99 (fachada edificio, inspección y certificado).
Ley 161/99 (ascensores, puertas).
Ley 1346, Norma IRAM 3517 (matafuegos).

Observaciones: No podrá contratarse a empresas que brinden servicios de provisión y/o mantenimiento de alguno de los servicios citados, o que estuvieren vinculadas a las mismas.

Cumplida la inspección, el profesional extenderá un “Certificado de Edificio Seguro” que deberá exhibirse en espacio común y visible del consorcio.
Dicho certificado deberá ser emitido por triplicado, a fin de dejar una copia a resguardo del Administración y la restante para el Registro Público de Administradores.
Para el cumplimiento de esta normativa, se crea el “Libro de Control de Seguridad Edilicia” a fin de efectuar el registro de la fiscalización en el inmueble, que deberá permanecer en el edificio ante eventuales inspecciones.
La apertura del Libro se realiza ante escribano público con el preimpreso definido por el Anexo I de esta Resolución.

El informe de Fiscalización Inicial que se asiente en el libro deberá prever –para el supuesto caso de algún incumplimiento– un cronograma de adecuaciones a las normas ya citadas, que no podrá exceder el plazo máximo de 6 meses.
Dos copias de los folios correspondientes a la última inspección deberán presentarse ante el Registro Público de Administradores, para su visado.
Será obligación del Administrador notificar a los propietarios de unidades funcionales cada Informe de Fiscalización realizado, dentro de los 15 días hábiles de efectuados.

La obligación de apertura de Libro de Control de Seguridad Edilicia ante escribano y el informe de Fiscalización Inicial tendrá como plazo de vencimiento improrrogable de 90 días a partir del 10 de diciembre del 2010 (fecha de publicación en el Boletín Oficial).

El vencimiento de esta obligación es escalonado, de acuerdo a los números de inscripción de los administradores en el Registro Público de Administradores de la CABA .
Comienza a partir del 19 de marzo de 2011 para los números del R.P.A.
que van del 1 al 1500 y continua escalonadamente hasta el 16 de junio del corriente año.
Finalmente, reiteramos que la normativa analizada sólo rige para la ciudad de Buenos Aires.

SE HACE SABER QUE EL 23-3-11 HA SIDO PUBLICADA EN EL B.O.C.A.B.A LA SIGUIENTE DISPOSICIÓN: 411/DGDYPC/11

® Liga del Consorcista

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Comentarios

publicado el 18-11-2016

hola queria saber cuanto cuesta el seguro y la inspeccion mensual de una caldera gracias

publicado el 21-8-2016

es trucho. asì de simple, un irresponsable.

publicado el 25-10-2015

Guadalupe, lamentablemente hay gente que ofrece los servicios de inspecciones cobrando muy caro, pero hay quienes se toman el trabajo en serio, para realizar las inspecciones hay que tener matricula, lo cual implica un estudio superior que debe ser pagado por quien lo hace, y su matricula es para dejar constancia que es responsable ante la mala inspeccion o algun inconveniente que haya luego de haberla realizado. El conocimiento y la responsabilidad debe ser remunerado de alguna forma, asi como lo dice el concepto de trabajo de la ley de contrato laboral. Si vos hicieras las inspecciones de seguro quisieras cobrar tu servicio.

publicado el 26-10-2013

EL CONTROL PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE EDIFICIO SEGURO CADA CUANTO TIEMPO SE HACE?, lEI EN UNA PUBLICACIÓN 2 AÑOS Y EN OTRA CADA 6 MESES, CUAL ES LA CORRECTA, GRACIAS

publicado el 5-9-2011

Coincido absolutamente con el Licenciado Fontanellaz, quienes trabajan en Higiene y Seguridad tienen el conocimiento para registrar, determinar el riesgo, su estimación de nivel y su clasificación a fin de establecer un diagnóstico de la cantidad de causales a corregir y a prevenir para que no se repitan. La vida es lo más preciado y hay que cuidarla y evitar que se generen condiciones que puedan concluir en un siniestro. Considero también importante en este aspecto que el G.C.B.A. capacite al personal de su centro de atención de Emergencias, tanto a los que recepcionan como a los que concurren a ellas en relación a la disposición

publicado el 1-9-2011

Buenos Dias, consulto con Ustedes que tienen un mayor conocimiento. Con el Consejo de Administracion estamos averiguando sobre el costo de la "habilitacion de termotanque" ( que seria una de las ultimas cosas que nos queda por cumplir con la normativa de "Edificio Seguro") Si alguien nos puede ayudar con este detalle... estaremos agradecidos ! Atentamente

publicado el 30-7-2011

Me parece muy bien que todos tengamos en cuenta los riesgos a los que estamos expuestos, pero creo que hay una superposición de controles, toda vez que los edificios de propiedad horizontal, contratan a profesionales a la hora de limpieza de tanques y análisis del agua, conservadores para ascensores y otros. cada uno de los nombrados están registrados dentro del Gobierno de la Ciudad y cada uno confecciona su libro para control, los edificios pagamos todos los meses el control de ascensores, dos veces al año la limpieza de tanques , se realizan los controles técnicos de matafuegos, y se extienden certificados y constancias, etc. todo esto insume gastos a los consorcistas. Esta nueva disposición se superpone con las demás normas creadas por el mismo gobierno y órganos encargados del control. Es control sobre el control mismo, que debemos pagar todos los consorcios. Que va a verificar el profesional de edificios seguros?, todo lo que está hecho y certificado por otros, para eso hay un administrador que verifica y tiene que poner en práctica todas las normativas que hay en la materia, cumplir la leyes que se dictan para la propiedad horizontal y como órgano de control el gobierno de la ciudad con sus respectivos inspectores. Cada certificado de edificio seguro cuesta aproximadamente $ 800 o más y aparte el libro ante escribano. No es mucho ¡ lo que se quiere generar con esto es más trabajo para los profesionales pero podrían cobrar un arancel más justo y también se tendría que regular el monto a cobrar ante el gobierno, ya que cada profesional regula su costo. Creo que está disposición el gobierno tendría que verificar las consecuencias y dejar la misma sin efecto

publicado el 29-6-2011

Que se puede hacer cuando se comprueba que el administrador no se inscribió en el registro de administradores de la municipalidad de Buenos Aires. En qu´e perjudica al consorcio. Agradesco su respuesta.

publicado el 5-6-2011

Vivo en un PH y nunca se realizó la jabalina o puesta a tierra en la caja central, es decir donde estan las llaves termicas de cada departamento. Quería saber si es obligatorio hacerlo o cada propietario lo puede hacer en su casa por su cuenta. Muchas gracias

publicado el 1-6-2011

Realmente coincido con mucho de lo expresado, pero vale una aclaración. Personalmente creo como profesional en Hig. y Seg., y dejando de lado el interés económico por la nueva reglamentación, que la verificación del cumplimiento de los ítems citados en la norma es sumamente importante y no hay hoy en día profesional más calificado que alguien de Higiene y Seguridad, que además de controlar lo que establece la reglamentación ponga en práctica sus conocimientos en detección de riesgos potenciales para prevenir acidentes a terceros. Asimismo, coincido que tiene que estar apoyado por un control gubernamental, ya que como escribiera más arriba Marta, hay muchos profesionales que manchan la profesión y firman cualquier cosa.

publicado el 18-5-2011

Coincido con lo que dicen muchos, otro curro mas que tenemos que pagar los de siempre, Para cubrir gastos de los que no pagan nada y "generar puestitos" para los amigos sea del partido que sea (todos son igual a la hora de recaudar). Si realmente quisieran edificios seguros,las inspecciones deberían ser gratuitas, y debieran brindar créditos a los edificios chicos para mejoras...... Pero antes de eso, deberían multar a los que ensucian los frentes y las veredas y sobre todo a los que rompen las bolsas de basura, ya que es inútil que se intoxique a todo el edificio fumigando, cuando en la calle por la mugre, hay centenares de cucarachas y ratas que ingresan por los desagües y la puerta de calle. Gracias, Guadalupe

publicado el 18-5-2011

EL COSTO DEL CERTIFICADO DE EDIFICIO SEGURO RONDA LOS 500 PESOS Y EL LIBRO RUBRICADO POR ESCRIBANO UNOS 230 PESOS. LA INSPECCION SE HACE PARA PREVENIR ACCIDENTES Y DETECTAR FALLAS QUE DE AVANZAR HARIAN MAS ONEROSA LA REPARACION JUAN CARLOS ZUPPI ARQUITECTO

publicado el 17-5-2011

AVISO: AIERH en una oportunidad me informó que el Libro de Edificio Seguro está mal diagramado, razón por la cual si compran el vigente van a tener que comprar otro de nuevo porque no les va a servir. No gasten de más, sean un poco más vivos. Por lo demas esta bueno el concepto, lástima que eso debería hacerlo la municipalidad con sus inspectores para ahorrarnos el gasto del profesional (casi 3000 pesos por sus servicios sino más). Abrazo grande, Sergio

publicado el 17-5-2011

UN CURRO MAS. Mas gastos en expensas, total la pagamos los consorcistas- Los de defensa y proteccion al consumidad, no nos defienden ni nos protejen. Una vez mas se terceriza un control que deberia hacer el GCABA debiendo asumir el costo los consorcistas

publicado el 16-5-2011

Este es un mecanismo para diluir responsabilidades. Las normas a verificar son bastante claras y el principal responsable de verificar el cumplimiento de las mismas es el Gobierno de la Ciudad que es quien las dicta. Esta es la primera responsabilidad que se busca eludir. La segunda responsabilidad que se busca eludir es la de los administradores, ya que parece absurdo que el administrador deba contratar un profesional para que le diga si se están cumpliendo con las normas, puesto que un administrador profesional tiene la obligación de saberlo. La incorporación de otro profesional en el sistema solo servirá para incrementar los gastos del consorcio, sin garantizar la aplicación de sanciones para los que no cumplen con sus obligaciones.

publicado el 14-4-2011

Todo muy lindo, será muy bueno saber el estado general del edificio, pero me parece exagerado semetralmente. Cual sería el costo. Como siempre, mas gasto y aumento en las expensas

publicado el 29-3-2011

Parece más un slogan del PRO. No será que el GCABA de la mano de Macri, esté delegando responsabilidades haciendo pagar a propietarios e inquilinos una tarea que deberían hacer ellos? Ese es el libre mercado que se planteó toda la vida en Argentina. Se terceriza todo, se flexibiliza las leyes laborales, se monopoliza , se concentra más las riquezas en unos pocos, y despues le echan la culpa a otros.

publicado el 28-3-2011

Buenos Días, Leyendo el detalle del Anexo y sus planillas, no me queda claro si el punto Calderas, incluye inspección Bombas Elevadoras, instalaciones de las mismas y mantenimiento, ya que quedarse sin agua es un tema bastante frecuente en un edificio, e inspección de sala de medidores o panel de Medidores de Luz en el sótano, disyuntores, etc. ya que también es frecuente que no estén en condiciones apropiadas y que Edenor no cumpla con sus inspecciónes en los tiempos adecuados, por otro, lado no se hasta donde llega su responsabilidad y hasta donde es del consorcio. Gracias

publicado el 25-3-2011

Interesante el artículo, pero la disposición 5363 se modificará por otra.

publicado el 25-3-2011

Esto me preocupa: Si el administrador contratara a alguien que le extienda el certificado como que todo esta medianamente bien!! Total al no haber un sistema de control por parte del Gobierno de la Cuidad se quedaria tranquilo que el ya cumplio? Las normas implementadas sobre el tema edificio seguro me parecen muy bien, pero por otro lado, (Como dije en el parrafo anterior) si los consorcios NO son inspeccionados por autoridades competentes de la CABA, quizas no logremos los fines esperados. Marta

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