Se considera que en función de la experiencia alcanzada desde la ampliación de la emergencia sanitaria, se estima necesario actualizar el contenido del modelo digital de afiche informativo sobre medidas de prevención específicas acerca del Coronavirus COVID-19.
Por ello las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) deberán instrumentar, a través de herramientas informáticas, los medios pertinentes para difundir y notificar a los empleadores afiliados el contenido del Anexo I en formato digital, en un plazo que no podrá exceder los QUINCE (15) días corridos a partir de la entrada en vigencia de la presente norma. La resolución entrará en vigencia el primer día hábil posterior a su publicación en el Boletín Oficial.