Se autoriza la apertura como corredores seguros internacionales para el ingreso a la REPÚBLICA ARGENTINA, en la Provincia del CHUBUT, con protocolos, de los siguientes pasos fronterizos:
a. Paso Fronterizo Terrestre Lago Blanco (REPÚBLICA ARGENTINA) - Balmaceda (REPÚBLICA DE CHILE),
b. Paso Fronterizo Terrestre Trevelín (REPÚBLICA ARGENTINA) – Futaleufú (REPÚBLICA DE CHILE).