EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Increméntase en un CIEN POR CIENTO (100 %) el monto de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, de la Asignación por Hijo con Discapacidad, como así también de la Asignación por Embarazo para Protección Social, establecido en el artículo 2° de la Resolución de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL N° 223 del 28 de noviembre de 2023.
El monto de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, de la Asignación por Hijo con Discapacidad y de la Asignación por Embarazo para Protección Social estará sujeto a las actualizaciones previstas en la Ley N° 27.160.
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en el marco de sus respectivas competencias, a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS realizará las adecuaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las disposiciones que se establecen por el presente decreto.
ARTÍCULO 4º.- Las disposiciones de la presente medida comenzarán a regir para las Asignaciones referidas previamente, que se perciban desde el mes de enero de 2024.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MILEI - Nicolás Posse - Sandra Pettovello