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DUELO NACIONAL- Se declara Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina por dos días. Decreto 118/2025

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Publicado en B.O.: 24-2-2025


Ciudad de Buenos Aires, 23/02/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-18316654- -APN-DSGA#SLYT, y

CONSIDERANDO:

Que el 7 de octubre de 2023 la organización terrorista HAMAS llevó adelante un ataque contra el ESTADO DE ISRAEL mediante diversas operaciones criminales que atentan contra la dignidad humana, entre las que se encuentra el secuestro indiscriminado de civiles inocentes.

Que, en ese marco, la organización terrorista mantuvo como rehenes a los CUATRO (4) integrantes de la familia SILBERMAN BIBAS, estos son Yarden, Shiri y sus hijos Ariel y Kfir.

Que las autoridades del ESTADO DE ISRAEL y la organización terrorista HAMAS acordaron un cese de hostilidades con el fin de llevar a cabo un proceso de liberación de rehenes en el cual Yarden, padre de la referida familia, fue liberado el 1° de febrero del corriente.

Que el 19 de febrero de 2025 las autoridades del ESTADO DE ISRAEL informaron la muerte de Shiri y los hermanos Ariel y Kfir mientras eran mantenidos en cautiverio por la organización terrorista HAMAS.

Que la REPÚBLICA ARGENTINA exige la liberación de los civiles inocentes rehenes de la organización terrorista HAMAS y se solidariza con el ESTADO DE ISRAEL y con las víctimas, por lo que resulta un deber honrar la memoria de los fallecidos a causa de las acciones de dicha organización terrorista.

Que el hecho acaecido ha provocado una enorme consternación en la comunidad y en todo el país.

Que el Gobierno y el pueblo de la Nación Argentina acompañan con su solidaridad y pesar el dolor de los familiares de las víctimas.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA por el término de DOS (2) días a partir del día de la fecha, con motivo del fallecimiento de Shiri, Ariel y Kfir SILBERMAN BIBAS.

ARTÍCULO 2°.- Por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO se expresarán a las familias de las víctimas las condolencias del Gobierno Nacional.

ARTÍCULO 3°.- Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. MILEI - Gerardo Werthein

 

® Liga del Consorcista

Tags: duelo nacional,

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