EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Otórgase la condecoración “Al Valor del Ciudadano” a Luca Nicolás AGUILAR (D.N.I. N° 45.808.297).
ARTÍCULO 2°.- En virtud del fallecimiento del condecorado, se hará entrega de la medalla a su familiar más cercano, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del Decreto N° 64 del 6 de febrero de 2025.
ARTÍCULO 3°.- Inscríbase a Luca Nicolás AGUILAR y la acción realizada por él en el “Registro de Condecoración Al Valor del Ciudadano”.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.MILEI - Guillermo Francos