EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese que el asueto otorgado para los días 23 y 30 de diciembre de 2022 en virtud del Decreto N° 820 del 10 de diciembre de 2022 no alcanzará al personal de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa