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FERIAS INTERNACIONALES-“Feria COAS Online”. Del 1-11-2020 al 15-12-2020- Decreto 836/2020

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Publicado en BO: 31-10-2020

Lo virtual y la tecnología al servicio de la gente, en esta pandemia



 

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase, con carácter de excepción, la utilización y comercialización online de la mercadería remanente de la última edición de la “FERIA COAS DE LAS NACIONES”, durante el transcurso de la “FERIA COAS ONLINE”, que se desarrollará desde el 1° de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2020.

ARTÍCULO 2°.- Exímese del Impuesto al Valor Agregado y de los impuestos internos a la venta de los productos mencionados en el artículo precedente, que se lleve a cabo en el marco de la “FERIA COAS ONLINE”, que se desarrollará desde el 1° de noviembre hasta el 15 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a que practique los controles pertinentes en el evento referenciado.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Matías Sebastián Kulfas - Martín Guzmán

 

® Liga del Consorcista

Tags: feria, De Interés General para la Familia Urbana, tecnología,

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