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RESTAURACIÓN DE LA SOSTENIBILIDAD DE LA DEUDA PÚBLICA EMITIDA BAJO LEY EXTRANJERA Ley 27544

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Fuente: BO del 12-2-2020


Se declara prioritaria para el interés de la República Argentina la restauración de la sostenibilidad de la deuda pública emitida bajo ley extranjera, en los términos del artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, 24.156 y sus modificaciones, y a tal fin, autorízase al Poder Ejecutivo nacional a efectuar las operaciones de administración de pasivos y/o canjes y/o reestructuraciones de los servicios de vencimiento de intereses y amortizaciones de capital de los Títulos Públicos de la República Argentina emitidos bajo ley extranjera.

El Poder Ejecutivo nacional determinará los montos nominales alcanzados por la ley especial.

Se establece que la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la República Argentina con relación a la ejecución de determinados bienes que se detallan.

Finalmente se declara a la ley de orden público y que entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina y por el plazo establecido en el artículo 1° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, 27.541.



® Liga del Consorcista

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