AFIP-- Procedimiento. Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Resolución General N° 4.268, sus modificatorias y su complementaria. Norma modificatoria.-Resolución General 4744/2020
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir en los cuadros referidos a “CANTIDAD DE PLANES, CUOTAS Y TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN” del Anexo II de la Resolución General N° 4.268, sus modificatorias y su complementaria, la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 30/06/2020”, por la expresión “VIGENCIA TRANSITORIA DESDE EL 20/08/2019 AL 31/07/2020”.ARTÍCULO 2°.- Las disposiciones de la presente resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont///
AFIP- Procedimiento. Sistema Registral. Registro Tributario. Digitalización de datos biométricos. Resolución General Nº 4.699. Norma modificatoria.-Resolución General 4745/2020
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.699, la expresión “…hasta el 30 de junio de 2020, inclusive…”, por la expresión “…hasta el 31 de julio de 2020, inclusive…”.ARTÍCULO 2°.- La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont///
AFIP- Seguridad Social. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Decreto N° 332/20 y sus modificatorios. Resolución General Nº 4.693 su modificatoria y sus complementarias. Norma complementaria.-Resolución General 4746/2020
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Disponer que los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General Nº 4.693, su modificatoria y sus complementarias, podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”, desde el 26 de junio de 2020 hasta el 3 de julio de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener –de así corresponder- los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de junio, de conformidad con lo dispuesto por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 1.133 del 25 de junio de 2020.ARTÍCULO 2º.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia desde la fecha de su dictado.ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese. Mercedes Marco del Pont///