EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2020 la suspensión de la aplicación del artículo 32 de la Ley Nº 24.241, establecida en el artículo 55 de la Ley Nº 27.541.
Durante este período el PODER EJECUTIVO NACIONAL determinará el incremento de los haberes previsionales correspondiente al régimen general de la Ley Nº 24.241 con el fin de preservar el poder adquisitivo de los mismos, atendiendo prioritariamente a los beneficiarios y las beneficiarias de menores ingresos.
ARTÍCULO 2°.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2020 la labor de la Comisión mencionada en el tercer párrafo del artículo 55 y en el artículo 56 de la Ley Nº 27.541.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Dése cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Eduardo Enrique de Pedro - Felipe Carlos Solá - Agustin Oscar Rossi - Martín Guzmán - Matías Sebastián Kulfas - Luis Eugenio Basterra - Mario Andrés Meoni - Gabriel Nicolás Katopodis - Marcela Miriam Losardo - Sabina Andrea Frederic - Ginés Mario González García - Daniel Fernando Arroyo - Elizabeth Gómez Alcorta - Tristán Bauer - Roberto Carlos Salvarezza - Claudio Omar Moroni - Juan Cabandie - Matías Lammens - María Eugenia Bielsa - Nicolás A. Trotta