Consideramos que las empresas no estar铆an liquidando conforme la ley de protecci贸n y defensa de los consumidores.
Veamos un ejemplo de facturaci贸n EDESUR de los 煤ltimos 12 meses
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Vencimiento | Monto $-kWh | impuestos/d铆as | Estado actual |
---|---|---|---|
Junio 2019 |
5710,69-1549 |
$1218,87-61 d |
Real |
Julio 2019 |
5813,72-1549 |
$1260,99-61 d |
Real |
Agosto 2019 |
7277,42-2228 |
$1566,28- 61 |
Real |
Septiembre2019 |
7343,94-2228 |
$1620,05-61 |
Real |
Octubre 2019 |
1005,32-506 |
$216,37- 60 |
Real |
Noviembre2019 |
1005,32-506 |
$216,37-60 |
Real |
Diciembre2019 |
561,47-282 |
$120,84-58 |
Real |
Enero 2020 |
561,47-282 |
$120,84-58 |
Real |
Febrero 2020 |
1177,77-600 |
$253,49-62 |
Real |
Marzo 2020 |
1116,66-600 |
$253,49-62 |
Real |
Abril 2020 |
1235,40-632 |
$265,89-62 |
Real |
Mayo 2020 |
1235,40-632 |
$265,89-62 |
Real |
Junio 2020 |
4678,06-1273 |
$1006,84-62 |
estimada |
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Todo indica que nadie pas贸 a tomar raz贸n de los medidores domiciliarios, lo cual es comprensible desde la vigencia del ASPO.
No obstante, abril y mayo tuvo estado real y si para junio no se pudo efectuar lectura de medidores, lo l贸gico hubiera sido liquidar un promedio anual, conforme art.31 ley 24240.-
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Si tomamos un promedio de los 12 meses anteriores a la facturaci贸n estimada, nos encontramos con un total de $34044,58- lo que dar铆a un mensual estimado de $2837,04-para junio.
Si vemos el consumo por kilowatios hora sumaremos 11594kWh, lo que implica un consumo promedio de 966,16kWh por mes.
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NADA QUE VER CON LO FACTURADO.
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Este caso llev贸 a perjudicar al consumidor, pero puede haber un caso que lleve a beneficiarlo.
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Ambos casos ser铆an injustos por irrazonables.
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Todo esto sin perjuicio de analizar la lectura real del medidor correspondiente, para definir la verdad de la facturaci贸n.
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Todo lo expuesto sin perjuicio de la RESOLUCION ENRE 27/2020 (BO:6-5-2020), cuyo Resumen es el siguiente:
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Instruir a la empresa distribuidora y comercializadora norte sociedad anonima (Edenor S.A.) y a la empresa distribuidora sur sociedad anonima (Edesur S.A.) que, para aquellos usuarios y usuarias de la categoria T1 residencial (T1r) que no cuenten con tele medici贸n, se aplique el menor consumo registrado en los 煤ltimos tres (3) a帽os previo a la emisi贸n de la factura correspondiente al mismo periodo estimado, hasta tanto se cuente con lecturas reales de los medidores de facturaci贸n.
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Estamos en cuarentena y las oficinas de la empresa est谩n cerradas.
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POR FAVOR, REVISEN VUESTRAS LIQUIDACIONES.
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