CONSIDERANDOS (parcial)
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Que en el tiempo que ha pasado desde el dictado del Decreto N° 522/20 no solo no se ha podido hacer efectiva la intervención dispuesta por cuestiones ajenas a la decisión del gobierno, sino que esto impidió también el acceso a la información necesaria para continuar con las medidas tendientes a rescatar la empresa, cuya situación comercial se ha visto deteriorada. Que, en virtud de todo ello, ante la imposiblidad de seguir adelante con el propósito establecido por el gobierno al momento del dictado del Decreto N° 522/20, se estima oportuno dejar sin efecto aquella decisión y concentrar la labor del Estado en la recuperación de los activos que están en riesgo y en colaborar con la justicia para esclarecer las eventuales responsabilidades civiles, comerciales y penales de quienes han llevado al grupo empresario a esta situación o han colaborado en ello.
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EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Derógase el Decreto N° 522 del 9 de junio de 2020.
ARTÍCULO 2°.- Dése cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Elizabeth Gómez Alcorta - Agustin Oscar Rossi - Sabina Andrea Frederic - Tristán Bauer - Roberto Carlos Salvarezza - Ginés Mario González García - Nicolás A. Trotta - María Eugenia Bielsa - Gabriel Nicolás Katopodis - Mario Andrés Meoni - Martín Guzmán - Matías Sebastián Kulfas - Claudio Omar Moroni - Matías Lammens - Marcela Miriam Losardo - Luis Eugenio Basterra - Juan Cabandie - Felipe Carlos Solá - Daniel Fernando Arroyo - Eduardo Enrique de Pedro///