Continuando con el Ciclo de Educación Permanente que nuestra FUNDACION realiza todos los segundos lunes de cada mes en la sede y con los auspicios del Defensor Del Pueblo De La Nacion, el pasado 12 de abril de 2004 se abordó el tema: "ENCARGADOS DE EDIFICIOS SOMETIDOS AL RÉGIMEN DE LA LEY 13512".
:: Los encargados con vivienda y demás trabajadores de edificios sometidos al régimen de la ley 13512 son personas que deben poseer indudable vocación de servicio y actuar solidariamente con los propietarios.
:: Es de destacar que la ley 12981 (Estatuto de Encargados ) y el CCT del sector (Resolución Nº 306/98) regulan mayores derechos que los que goza el resto de trabajadores en relación de dependencia.
:: No parece razonable que el Consorcio -que no es una empresa ni tiene fin de lucro alguno- tenga que efectuar contribuciones patronales al Sindicato que agrupa a aquellos trabajadores.
Situación más irritante aún cuando se trata de trabajadores que no está afiliados.
:: Debiera contemplarse una modificación de la normativa vigente que regula el trabajo del personal de edificios de propiedad horizontal, a fin de acercarla a la legislación laboral común.
:: Lea los artículos de la Sección Encargados de nuestra Revista Virtual.
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ENCARGADOS DE EDIFICIOS SOMETIDOS AL RÉGIMEN DE LA LEY 13512
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