Si bien la sentencia tiene una disidencia, el fallo mayoritario indica que si se acredita que quien ejercía el poder de dirección de la patronal propinaba al trabajador un trato irrespetuoso, utilizando términos que tenían aptitud para lesionar su dignidad y su derecho a un ambiente laboral libre de violencia, corresponde resarcirlo en concepto de daño moral.
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Trato irrespetuoso al trabajador genera derecho a reparación del daño moral
Fecha del Fallo: 30.04.2010
Partes: G, A. A. c/Xallas S.A.
Tribunal: CNTrab Sala VIII
® Liga del Consorcista
Tags: laboral, abuso,