La causal de injurias graves comprende tanto hechos como expresiones verbales, escritas o gestuales que importen una afrenta para el otro cónyuge.
Su gravedad debe apreciarse teniendo en cuenta la educación y posición social de los esposos.
Si se acredita que el esposo mantuvo una situación de maltrato hacia su esposa (aunque no haya llegado a violencia física), corresponde decretar el divorcio por culpa exclusiva del marido.
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Divorcio por culpa exclusiva del marido en razón de las injurias graves y violencia psicológica ejercida por éste.
Fecha del Fallo: 28.06.2010
Partes: M.A.M. c/ C.E.L.
Tribunal: CNCiv Sala G
Tags: De Interés General para la Familia Urbana, Divorcio, familia, matrimonio, responsabilidad,

Ya salió la tercera edición ampliada y actualizada del manual de la Liga del Consorcista Todo Sobre Consorcios
Se incorporaron las modificaciones del nuevo Código Civil, tomando en consideración las diferencias con la derogada ley 13.512 y las novedades introducidas por el nuevo régimen.
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Listado de la normativa básica en Propiedad Horizontal actualizada, para su rápida consulta
- Cuandro Comparativo entre la ley de Propiedad Horizontal 13512 y el Nuevo Código Civil
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- Convenio Colectivo de Encargados
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